Diario Oficial El Peruano · 12 Sep 2026 · 3 vistas
OSIPTEL ordena compartir infraestructura eléctrica para banda ancha en el norte
Por FactBox Admin

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó el mandato de compartición de infraestructura entre Redes de Fibra del Perú S.R.L. (RDFP) y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (ENSA), mediante la Resolución N° 000112-2026-CD/OSIPTEL, emitida en San Borja el 8 de setiembre de 2026. La norma fue publicada en la sección Normas Legales del diario oficial El Peruano del sábado 12 de setiembre de 2026, en la página 30.
El mandato, tramitado bajo el Expediente N° 00015-2026-CD-DPRC/MC, se sustenta en la Ley N° 29904, Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, y en el Informe N° 000181-2026-DPRC/OSIPTEL, elaborado por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia. La resolución fue firmada por el presidente ejecutivo del Consejo Directivo, Rafael Eduardo Muente Schwarz.
Marco legal y procedimiento
La Ley N° 29904 declara de necesidad pública e interés nacional el acceso y uso de la infraestructura asociada a la prestación de servicios públicos de energía eléctrica e hidrocarburos, incluida la coubicación, con la finalidad de facilitar el despliegue de redes de telecomunicaciones para la provisión de banda ancha fija o móvil. El artículo 13 de la misma ley obliga a los concesionarios de energía eléctrica a proveer el acceso y uso de su infraestructura a los operadores de telecomunicaciones, y el artículo 32 encarga al OSIPTEL velar por su cumplimiento.
El procedimiento se enmarca en la Resolución de Consejo Directivo N° 00026-2015-CD/OSIPTEL, que aprobó el procedimiento aplicable para la emisión de mandatos de compartición, y en la Resolución N° 00079-2024-CD/OSIPTEL, que estableció la norma procedimental de mandatos.
Cronología del trámite
La solicitud de RDFP se presentó mediante la Carta GL/RDFP-25-2026, recibida el 15 de mayo y subsanada el 27 de mayo de 2026. El OSIPTEL trasladó la petición a ENSA el 2 de junio, que remitió su posición el 9 de junio. El proyecto de mandato fue aprobado por la Resolución N° 00096-2026-CD/OSIPTEL, notificada a las partes el 31 de julio de 2026, y el mandato definitivo se adoptó en la sesión del Consejo Directivo del 3 de setiembre de 2026, mediante el Acuerdo N° 1087/5223/2026.
- 15 de mayo de 2026: presentación de la solicitud de RDFP.
- 2 de junio de 2026: traslado de la solicitud a ENSA.
- 31 de julio de 2026: aprobación y notificación del proyecto de mandato.
- 3 de setiembre de 2026: adopción del mandato definitivo por el Consejo Directivo.
Vigencia y alcance
Conforme al artículo 2 de la resolución, el mandato de compartición entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir, el 13 de setiembre de 2026. El artículo 3 encarga a la Oficina de Administración y Finanzas la notificación de la resolución y del informe que contiene el mandato a ambas empresas, y el artículo 4 dispone su publicación en la sede digital del OSIPTEL (www.gob.pe/osiptel).
La medida permitirá a Redes de Fibra del Perú desplegar su red de telecomunicaciones sobre la infraestructura eléctrica de ENSA, que opera en el norte del país, reduciendo costos y acelerando la conectividad de banda ancha en una región donde el acceso a servicios de telecomunicaciones sigue siendo un reto.
Impacto para los lectores
La decisión del OSIPTEL constituye un paso concreto para cerrar la brecha digital en el norte del Perú, al permitir que un operador de fibra óptica aproveche la infraestructura eléctrica existente en lugar de construir la propia. Para los usuarios, ello se traduce en una mayor cobertura y en la posibilidad de acceder a servicios de banda ancha fija y móvil en zonas donde antes no llegaban, en línea con los objetivos de la Ley N° 29904.
Fuente: El Peruano, N° 19515, sábado 12 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, pág. 30 (referencia oficial: Resolución N° 000112-2026-CD/OSIPTEL).