Boletín Oficial del Registro Mercantil · 20 Oct 2026 · 1 vistas
Operación acordeón en Comercial CID Tenerife: capital de cero a 168.000 euros
Por FactBox Admin

Comercial CID Tenerife, S.A. ha ejecutado una operación acordeón: reduce su capital social a cero euros para compensar las pérdidas acumuladas y lo amplía de forma simultánea hasta 168.000 euros. El acuerdo lo adoptó la Junta General Extraordinaria de accionistas celebrada el 29 de julio de 2026 y se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 202, correspondiente al 20 de octubre de 2026, con la referencia oficial BORME-C-2026-5533.
El anuncio se inserta en la Sección Segunda del boletín, bajo el epígrafe «Otros anuncios y avisos legales», y se formula a los efectos de lo dispuesto en los artículos 319, 335.a), 343, 344 y 345 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. La sociedad tiene su domicilio en San Cristóbal de La Laguna, en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, y responde a la ficha registral S 8, H TF 7965.
La operación llega después de un periodo de tensión societaria y contable. En octubre de 2024 una junta extraordinaria fue convocada por resolución del Registrador Mercantil de Tenerife en el expediente 31/2024, con un orden del día que incluía la regularización de existencias, del saldo de caja y del grupo de otros deudores. En julio de 2025 la junta ordinaria examinó las cuentas de los ejercicios 2023 y 2024, auditadas por Rafael Franco Miranda, y en marzo de 2026 el órgano de administración pasó de administradores mancomunados a administrador único, cargo que ocupa Agustín Alberto López Deniz.
Reducción del capital a cero para compensar pérdidas
La primera parte del acuerdo consiste en reducir el capital social en 390.656,50 euros, desde esa misma cifra hasta cero euros, mediante la amortización y anulación de la totalidad de las 650 acciones nominativas en que se dividía el capital, numeradas del 1 al 650, de 601,01 euros de valor nominal cada una.
La finalidad es única: restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, disminuido como consecuencia de las pérdidas. El importe íntegro de la reducción se aplica a la compensación de esas pérdidas y no hay devolución de aportaciones a los accionistas.
La reducción se calcula sobre el balance de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2025, aprobado por la junta general y verificado por el auditor de cuentas Rafael Franco Miranda. Al responder a esa finalidad, y conforme al artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no podrán oponerse a la reducción.
Ampliación simultánea de 168.000 euros
En el mismo acto, la junta acordó aumentar el capital en 168.000 euros mediante la emisión de 800 nuevas acciones nominativas, numeradas del 1 al 800, de 210 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie, con aportaciones dinerarias.
Las nuevas acciones han sido íntegramente suscritas y desembolsadas. Como consecuencia de la ejecución conjunta de ambas decisiones, el capital social queda fijado en 168.000 euros, representado por 800 acciones nominativas de 210 euros de valor nominal, todas ellas suscritas y desembolsadas.
La operación se completa con la modificación del artículo 5.º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, para adaptar su redacción a la nueva cifra.
Eficacia condicionada e inscripción conjunta
La eficacia de la reducción queda condicionada a la ejecución del aumento de capital acordado simultáneamente. Por ese motivo, los acuerdos de reducción y de aumento, junto con la ejecución de este último, deberán presentarse a inscripción de forma conjunta en el registro mercantil.
El anuncio aparece firmado en San Cristóbal de La Laguna el 15 de octubre de 2026 por el administrador único, Agustín Alberto López Deniz, cinco días antes de su publicación en el boletín oficial.
Un saneamiento con capital reducido
El resultado es una sociedad saneada en términos contables pero con una base de capital muy inferior a la anterior: de 390.656,50 euros se pasa a 168.000 euros, y el número de acciones baja de 650 a 800 títulos de menor valor nominal unitario. La operación acordeón es el mecanismo habitual para eliminar pérdidas sin liquidar la sociedad ni exigir a los socios la devolución de aportaciones.
Para los acreedores y para el tráfico mercantil canario, la clave está en que la reducción no abre derecho de oposición y en que la ampliación ya está desembolsada, de modo que el capital inscrito reflejará una cifra real y no meramente nominal. La publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil da publicidad legal a un acuerdo que afecta a la estructura accionarial y a la garantía patrimonial frente a terceros.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 202, 20 de octubre de 2026, Sección Segunda - Anuncios y avisos legales, pág. 6865 (referencia oficial: BORME-C-2026-5533).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-10-20