Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 27 Aug 2026 · 2 vistas
Olvan abre las subvenciones de movilidad para estudiantes postobligatorios
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Olvan ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria pública de subvenciones para la movilidad de estudiantes que cursen estudios postobligatorios durante el curso 2026-2027. Las solicitudes se podrán presentar del 1 al 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) del 27 de agosto de 2026.
Las bases fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 14 de mayo de 2026 y firmadas por el alcalde-presidente, Sebastià Prat Guilanyà, el 26 de agosto. El programa se financia con una subvención de la Diputación de Barcelona de 1.500,00 €, concedida en el marco del Catálogo 2026 del Plan de cooperación Red de Gobiernos Locales 2024-2027, para dar soporte a la movilidad educativa y combatir el abandono escolar prematuro.
A quién van dirigidas
Las ayudas se dirigen a los jóvenes de Olvan de entre 16 y 25 años que cursen estudios postobligatorios fuera del municipio. La finalidad es facilitar el transporte a los centros educativos durante el curso 2026-2027.
- Estar empadronado en Olvan desde el inicio del curso escolar (1 de septiembre de 2026).
- Tener entre 16 y 25 años en el momento de la solicitud.
- Estar matriculado en un centro público, privado o concertado de formación profesional de grado medio o superior, bachillerato, estudios universitarios, posgrados o másteres, enseñanzas de régimen especial, PFI-PTT, cursos de acceso a ciclos formativos o universidad y GESO, siempre que impliquen presencialidad fuera de Olvan.
- Quedan excluidas las formaciones no presenciales o a distancia, y la duración mínima de la formación debe ser de un curso escolar.
- Estar al corriente de pago de todos los tributos municipales.
Pueden presentar la solicitud los padres, madres, tutores legales o personas encargadas de la guarda, así como los mismos beneficiarios si son mayores de edad.
Requisitos y documentación
La solicitud se debe presentar mediante instancia genérica al Ayuntamiento de Olvan, ya sea a través de la Sede Electrónica o en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC). Debe adjuntarse toda la documentación requerida:
- Fotocopia del DNI o NIE del alumno, y del representante legal si es menor de edad.
- Volante de empadronamiento o autorización para que el ayuntamiento lo consulte.
- Documentación que acredite la matriculación en los estudios postobligatorios.
- Certificado del número de IBAN de la cuenta donde el titular sea el alumno o el representante legal.
- Declaración de estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
- Declaración responsable de compromiso de cumplir las obligaciones de la subvención.
Si la documentación es incorrecta o incompleta, se dará un plazo de diez días hábiles para subsanarla, pasado el cual la solicitud se considerará desistida.
Cuantía y procedimiento
El importe total de 1.500,00 € se repartirá a partes iguales entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, con un máximo de 300,00 € por beneficiario. La propuesta de concesión la elaborará el Área de Juventud y la resolverá el alcalde o la persona en quien delegue, en un único acto administrativo.
- El pago se realizará por transferencia bancaria en un único plazo, una vez resuelto y justificado el otorgamiento.
- La resolución y el pago se deben completar antes del 31 de diciembre de 2026.
- La subvención es compatible con otras ayudas, pero el importe total no puede superar el 50% del gasto de la persona solicitante.
- Los beneficiarios quedan exonerados de presentar garantías.
La convocatoria responde a la necesidad de garantizar el acceso de la ciudadanía a la educación postobligatoria, ya que la falta de transporte es una de las causas del abandono escolar prematuro. Para las familias de Olvan con estudiantes que se desplacen fuera del municipio, esta es una oportunidad para aliviar el coste del transporte durante todo el curso 2026-2027.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 27 d’agost de 2026, pàg. 1-8 (referència oficial: CVE 202610135731).