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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 24 Aug 2026 · 2 vistas

Abierta la convocatoria 2026 de la prestación social por discapacidad

Por FactBox Admin

El Departamento de Derechos Sociales e Inclusión ha abierto la convocatoria 2026 de la prestación social de carácter económico de derecho de concurrencia de atención social a las personas con discapacidad, destinada a cubrir gastos realizados durante los años 2024, 2025 y 2026. La convocatoria se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) número 9736, de 24 de agosto de 2026, mediante la Orden DSI/151/2026, de 3 de agosto, firmada por el consejero Raúl Moreno Montaña (referencia CVE-DOGC-A-26217042-2026). Las solicitudes se pueden presentar desde el día siguiente de la publicación y hasta las 14.00 horas del 2 de octubre de 2026.

La prestación, creada por el Acuerdo GOV/44/2017, de 4 de abril, se rige actualmente por el Acuerdo GOV/268/2024, de 23 de diciembre, que dejó sin efecto el Acuerdo GOV/225/2022 y modificó el procedimiento de tramitación y concesión. La convocatoria cuenta con una dotación inicial de 2.500.000 euros, consignada en la partida del centro gestor BE13 (Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad), ampliable hasta un máximo de 7.100.000 euros según la disponibilidad presupuestaria.

Quién puede solicitarla

Pueden ser beneficiarias las personas que cumplan los requisitos siguientes:

  • Estar empadronadas y tener residencia legal en Cataluña durante cinco años, dos de los cuales inmediatamente anteriores a la solicitud (con exenciones para personas catalanas retornadas y mujeres víctimas de violencia machista).
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o ser beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente, o pensionistas de clases pasivas por incapacidad, reconocido antes de los 65 años.
  • Encontrarse en situación de necesidad, es decir, con ingresos anuales netos iguales o inferiores a 3,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) de 2026, fijado en 801,85 euros mensuales y 9.622,18 euros anuales.

Qué cubre y cuánto

El objeto de la prestación son los gastos para productos y actuaciones que promuevan la autonomía personal de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. El catálogo incluye:

  • Movilidad y transporte: obtención o reconversión del permiso de conducir (hasta 1.250 euros), adaptación de vehículo (hasta 2.100 euros), transporte para asistir a centros de atención precoz (hasta 1.250 euros anuales) y transporte para enseñanza reglada postobligatoria (hasta 650 euros anuales).
  • Autonomía personal y comunicación: productos de soporte para personas con discapacidad visual, auditiva, física, intelectual o mental, grúa de bipedestación, comunicadores, salvaescaleras, sistemas de control del entorno y prestación para usuarios de perro de asistencia.

El importe máximo subvencionable por el conjunto de prestaciones solicitadas es de 9.500 euros, y el pago se realiza en un único abono por transferencia bancaria una vez validada la justificación.

Valoración y resolución

La concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva y la valora la Comisión de Valoración, que puntúa las solicitudes según la renta (hasta 10 puntos por ingresos inferiores a 2,5 veces el IRSC) y otorga 3 puntos adicionales a las mujeres que se encuentren o salgan de una situación de violencia machista. En caso de empate, prevalecen las solicitudes con ingresos más bajos, las presentadas por mujeres con discapacidad y las de fecha de presentación anterior. El término máximo para resolver y notificar es el 27 de noviembre de 2026, y las resoluciones se publicarán en el Tablón electrónico de la Generalitat.

La convocatoria afecta directamente a las familias beneficiarias, que disponen de poco más de un mes para presentar la solicitud y la documentación, preferentemente por medios electrónicos a través de la sede de la Generalitat. Con una dotación que puede llegar a los 7,1 millones de euros, la prestación quiere mejorar la calidad de vida y fomentar la integración social de las personas con discapacidad con menos recursos económicos.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9736, 24 d’agost de 2026, secció Altres disposicions (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26217042-2026).