BOP de Córdoba · 23 Sep 2026 · 4 vistas
Obejo aprueba la creación de su Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Obejo aprobó en sesión ordinaria del 15 de septiembre de 2026 la creación de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección Civil de Obejo y el reglamento que la regula, solicitando además su inscripción en el Registro de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 184, de 23 de septiembre de 2026, páginas 13837 a 13850, con la referencia oficial BOP-A-2026-3166 (anuncio GEX 2026/879). El texto íntegro del reglamento se somete a información pública durante treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
Una agrupación altruista dependiente del Consistorio
El reglamento, estructurado en siete capítulos y 32 artículos, define la agrupación como una organización de carácter altruista que depende orgánica y funcionalmente del ente local y cuya finalidad es la participación voluntaria de la ciudadanía en tareas de protección civil. Sus funciones se centran en labores de prevención, socorro y rehabilitación ante emergencias, conforme al plan de protección civil de ámbito local.
La norma se apoya en la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, y en el Decreto 197/2024, de 3 de septiembre, que fija el distintivo del voluntariado. El reglamento recuerda que la acción voluntaria no podrá reemplazar actividades retribuidas ni eximir a las administraciones andaluzas de garantizar los servicios reconocidos como derechos.
Requisitos, formación y estructura de mando
Para ingresar en la agrupación será necesario cumplir una serie de condiciones:
- Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
- No haber sido expulsado de una agrupación por resolución administrativa firme.
- No padecer enfermedad o discapacidad que impida ejercer las funciones.
- Superar el curso de formación básica, de un mínimo de 45 horas.
Esa formación incluirá, al menos, Protección Civil en Andalucía, Primeros Auxilios, Contraincendios y salvamento, Telecomunicaciones y Acción social, con perspectiva de género, y será impartida por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o por entidades con cursos homologados por ella.
El Jefe de la Agrupación será designado y cesado por el Alcalde entre los miembros que hayan superado la formación continua; el Subjefe, los Jefes de Unidad y los Jefes de Sección serán nombrados por el regidor a propuesta del jefe de la agrupación. La estructura administrativa se organiza en departamentos de gestión y, en lo funcional, en equipos, grupos, secciones y unidades.
Régimen disciplinario: de apercibimiento a expulsión
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y se sancionan por resolución de la Alcaldía, previa tramitación del procedimiento conforme a la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015. Las faltas leves se castigan con apercibimiento o suspensión de hasta seis meses; las graves, con suspensión de seis meses a un año; y las muy graves, con suspensión de más de un año y menos de tres, o con expulsión definitiva.
Entre las conductas muy graves figuran la discriminación, reclamar cantidades por la actuación prestada, la agresión física, el consumo de alcohol o drogas durante el servicio y el fraude o la apropiación de bienes. La condición de voluntario se suspende, entre otros supuestos, por diez faltas injustificadas a reuniones, jornadas o ejercicios.
Uniformidad, vehículos y distintivos
La uniformidad atenderá a los colores internacionales de protección civil, azul y naranja, con el distintivo en el pecho y las inscripciones «PROTECCIÓN CIVIL» y «VOLUNTARIADO» en la espalda. En el apoyo operativo predominará el naranja y se portarán bandas reflectantes grises de cinco centímetros.
Los vehículos de la agrupación serán blancos, podrán adaptarse a la normativa europea «Battenburg» y se rotularán con la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL» en fuente Arial Narrow, en azul o naranja, con damero reflectante naranja en el perímetro. El uso de la uniformidad queda prohibido fuera de las funciones propias y deberá devolverse al Ayuntamiento al extinguirse la condición de voluntario.
Trámites y entrada en vigor
El reglamento entrará en vigor una vez publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y transcurridos los plazos del artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra el acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación. El anuncio está firmado en Obejo el 17 de septiembre de 2026 por el Alcalde, Pedro López Molero.
La creación de la agrupación dota a Obejo de un dispositivo propio de voluntariado para emergencias, con un marco claro de derechos, deberes y sanciones, y abre ahora un periodo de alegaciones en el que vecinos y colectivos pueden influir en el texto definitivo antes de su entrada en vigor.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 184, 23 de septiembre de 2026, Administración Local, págs. 13837-13850 (referencia oficial: BOP-A-2026-3166).