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Boletín Oficial del Principado de Asturias · 14 Aug 2026 · 11 vistas

Nuevas ayudas para la industria audiovisual asturiana con fondos europeos

Por FactBox Admin

El Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a profesionales y empresas de la industria cinematográfica y audiovisual, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. La resolución, firmada el 4 de agosto de 2026 por la consejera de Cultura, Política Llingüística y Deporte, Ana Vanesa Gutiérrez González, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 157, de 14 de agosto de 2026, con código 2026-06659.

La norma establece un régimen de concesión en concurrencia competitiva para apoyar la preproducción, producción, grabación, postproducción o difusión de proyectos audiovisuales que se localicen o desarrollen en el territorio asturiano. Se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte 2026-2028, aprobado el 4 de febrero de 2026, y en la competencia autonómica exclusiva en cultura que reconoce el artículo 10.1.20 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

El Fondo de Transición Justa, instrumento de la política de cohesión europea 2021-2027 creado por el Reglamento (UE) 2021/1056, busca mitigar los efectos de la transición climática en los territorios más perjudicados, con especial incidencia en las comarcas mineras asturianas. La operación se encuadra en la Prioridad 1 (Asturias) del programa español, tipo de acción 3.02, con una cofinanciación europea de hasta el 70 %.

Objeto y beneficiarios

  • Pueden optar a las ayudas las personas físicas dadas de alta como autónomas y las micro, pequeñas y medianas empresas del sector cultural, cinematográfico y audiovisual, con proyectos desarrollados en el Principado de Asturias.
  • Son subvencionables los proyectos cinematográficos de ficción, no ficción o animación (largometrajes, mediometrajes o cortometrajes, unitarios o series), las narrativas inmersivas y de realidad virtual, los contenidos digitales narrativos y los laboratorios e incubadoras de proyectos audiovisuales.
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y fundaciones, así como la organización de festivales, encuentros, conferencias o proyecciones.
  • Cada solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos, y las ayudas se someterán al régimen de mínimis del Reglamento (UE) 2023/2831, con un límite de 300.000 euros en tres años.

Cuantías y gastos subvencionables

Una comisión de valoración presidida por la Dirección General competente en materia de cultura puntuará sobre 100 puntos (mínimo de 50 para obtener ayuda) la calidad artística e innovación, la igualdad de género, la viabilidad técnica y económica, el uso del asturiano o el eonaviego, la adaptación de obras literarias asturianas y las localizaciones en la región.

  • La aportación de la Consejería no podrá superar el 70 % del presupuesto del proyecto, sin exceder la cuantía máxima que fije cada convocatoria.
  • Son subvencionables los gastos de guion y música, personal artístico y técnico, escenografía, estudios de rodaje, maquinaria, postproducción, seguros, doblaje y subtitulado, desplazamientos y asesoría jurídica y financiera, más hasta un 7 % de gastos indirectos; copias y publicidad, hasta el 20 % del coste de realización.
  • No se financian equipamiento o inversión, dietas, manutención, intereses de deuda ni impuestos recuperables, conforme a la Orden HFP/1414/2023.

Municipios prioritarios y plazos

Se priorizarán los proyectos radicados en los municipios más afectados por la transición del carbón:

  • Suroccidente: Allande, Cangas del Narcea, Degaña, Ibias, Salas y Tineo.
  • Valle del Nalón: Bimenes, Caso, Langreo, Laviana, Piloña, San Martín del Rey Aurelio y Sobrescobio.
  • Valle del Caudal-Aboño: Aller, Ribera de Arriba, Lena, Mieres, Morcín, Quirós, Riosa, Teverga, Carreño, Corvera, Gijón, Gozón, Llanera y Villaviciosa.

El plazo de presentación de solicitudes se fijará en cada convocatoria, entre 10 y 20 días hábiles, y la resolución deberá dictarse en un máximo de seis meses. Los gastos subvencionables podrán imputarse entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2029, y las bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPA.

Con esta línea, Asturias convierte la industria audiovisual en un vector de diversificación económica para los territorios que dependieron del carbón, apostando por el empleo local, la cultura asturiana y la captación de fondos europeos. Productoras, creadores y técnicos de las cuencas contarán con una nueva oportunidad de financiación para desarrollar sus proyectos en la región.


Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), núm. 157, de 14 de agosto de 2026, sección I. Principado de Asturias (Otras Disposiciones), págs. 1-22 (referencia oficial: Cód. 2026-06659).