Narodne novine · 14 Oct 2026 · 3 vistas
Nue ayudas a los grupos de productores de indicaciones protegidas por un valor de hasta 20.000 euros
Por FactBox Admin

El Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca ha publicado en el Narodne novine n.º 117/2026 del 14 de octubre de 2026 el Reglamento sobre la ejecución del Programa de ayudas a los grupos de productores para la elaboración o modificación de la especificación de las denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas y especialidades tradicionales garantizadas para productos agrícolas y alimentarios en el año 2026, bajo la marca oficial del punto 1392. El Reglamento está firmado por el vicepresidente del Gobierno y ministro David Vlajčić, y entrará en vigor al octavo día a partir de la fecha de su publicación.
El Reglamento se adopta sobre la base del artículo 39 y el artículo 85, apartado 4, de la Ley de Agricultura («Narodne novine» n.º 118/18, 42/20, 127/20, 52/21, 152/22 y 152/24), y ejecuta el Programa que el Gobierno de la República de Croacia aprobó mediante la Decisión de clase 022-03/26-04/365, número de registro 50301-27/15-26-3 del 14 de septiembre de 2026. El Reglamento fue firmado en Zagreb el 29 de septiembre de 2026, bajo la clase 310-26/25-01/112 y el número de registro 525-13/905-26-18.
El marco es europeo: los conceptos de denominación de origen protegida (DOP), indicación geográfica protegida (IGP) y especialidad tradicional garantizada (ETG) se han adoptado conforme al Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas, que derogó el Reglamento (UE) n.º 1151/2012. El Reglamento no se aplica a los vinos ni a las bebidas espirituosas.
Quién puede recibir la ayuda y cuánto
Los beneficiarios admisibles son los grupos de productores, independientemente de su estatus jurídico, que estén registrados en el territorio de la República de Croacia, que tengan en su composición al menos la mitad de sus miembros produciendo y comercializando el producto de la especificación, y que posean una decisión del órgano competente del grupo sobre el inicio del procedimiento de protección del nombre o la modificación de la especificación.
- ayuda total: máximo 80 % de los costes admisibles por beneficiario
- elaboración de la especificación para el nombre que se desea proteger: máximo 20.000,00 euros
- modificación de la especificación para nombres ya registrados: máximo 5.000,00 euros
- máximo dos solicitudes por beneficiario en el marco de una sola convocatoria pública
Qué se cofinancia
En la elaboración de una nueva especificación, son admisibles los costes de elaboración de la propia especificación hasta 20.000,00 euros, las pruebas de laboratorio hasta 5.000,00 euros y el estudio de mercado mediante encuestas hasta 2.000,00 euros. La encuesta es admisible solo si se ha realizado sobre al menos 1000 encuestados por parte de una entidad registrada para la realización de estudios de mercado.
En la modificación de la especificación para nombres ya registrados, son admisibles los costes de la especificación modificada con sus justificaciones hasta 5.000,00 euros, las pruebas de laboratorio hasta 3.000,00 euros y el estudio de mercado mediante encuestas hasta 2.000,00 euros. El coste del IVA es admisible para todas las actividades mencionadas.
Convocatoria pública, selección y obligaciones del beneficiario
La asignación de fondos se realiza a través de una Convocatoria Pública publicada y ejecutada por el Ministerio en el sitio web poljoprivreda.gov.hr. La solicitud se presenta exclusivamente por correo certificado con acuse de recibo, en sobre cerrado, a la dirección del Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca (para la Dirección de Ganadería y Calidad Alimentaria), Ulica grada Vukovara 78, 10 000 Zagreb.
El control administrativo y la clasificación de las solicitudes son realizados por una Comisión establecida por el Ministerio y, basándose en su propuesta, se dicta una Decisión colectiva de asignación de fondos y/o una Decisión individual de denegación de la solicitud. Tendrán prioridad en la selección las solicitudes de modificación de la especificación para denominaciones ya registradas y, entre ellas, aquellas con un mayor número de productores en el sistema de calidad. Si el importe total de las solicitudes recibidas supera los fondos asegurados en el Presupuesto del Estado, la ayuda por beneficiario se reducirá proporcionalmente.
Las obligaciones del beneficiario de la ayuda son las siguientes:
- gastar los fondos asignados en un plazo de 18 meses a partir de la fecha de pago
- entregar, en un plazo de 19 meses, el informe financiero final con copias de las facturas y transacciones bancarias
- presentar, en un plazo de 19 meses, la solicitud de protección de la denominación del producto o la solicitud de modificación de la especificación
- conservar la documentación original durante al menos cinco años después del pago de la ayuda
No cabe recurso contra los actos dictados en virtud del presente Reglamento, pero se puede iniciar un proceso administrativo de acuerdo con el artículo 12, párrafo 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo General (»Narodne novine« n.º 47/09 y 110/21).
Para los pequeños y medianos grupos de productores, asociaciones y cooperativas que acaban de iniciar el proceso de protección de la denominación, el nuevo marco significa que el Estado asume la mayor parte del coste de la elaboración de la especificación, los análisis de laboratorio y las investigaciones de mercado. De este modo, se acorta el camino desde el producto local hasta la denominación registrada a nivel de la Unión Europea y se refuerza la protección de los productos agrícolas y alimentarios croatas distintivos en el mercado.
Fuente: Narodne novine, boletín oficial de la República de Croacia, año CLXXXVIII, número 117/2026, Zagreb, 14 de octubre de 2026, punto 1392 – Reglamento sobre la ejecución del Programa de apoyo a los grupos de productores para la elaboración o modificación de la especificación de las denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas y especialidades tradicionales garantizadas para productos agrícolas y alimentarios en el año 2026 (clase 310-26/25-01/112, núm. de registro 525-13/905-26-18).