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Boletín Oficial de Navarra · 18 Sep 2026 · 8 vistas

Navarra adapta la condicionalidad de la PAC con nuevas exenciones agrarias

Por FactBox Admin

Navarra adapta la condicionalidad de la PAC con nuevas exenciones agrarias

El consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, José María Aierdi Fernández de Barrena, ha firmado la Orden Foral 8/2026, de 2 de septiembre, por la que se modifica la Orden Foral 7/2024, de 17 de enero, que regula la condicionalidad reforzada y social de la PAC en Navarra. La disposición se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 186, correspondiente al viernes 18 de septiembre de 2026, en las páginas 33742 a 33753, con referencia F2612065. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación, pero sus efectos se retrotraen al 1 de enero de 2026.

Un ajuste derivado del nuevo reglamento europeo

La modificación responde al Reglamento (UE) 2025/2649, de 19 de diciembre de 2025, que reformó los Reglamentos (UE) 2021/2115 y 2021/2116 para introducir flexibilidades en las normas BCAM y en el sistema de penalizaciones. En el ámbito estatal, la orden se apoya en el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, y en el Reglamento Delegado (UE) 2022/1172, de 4 de mayo de 2022.

El Gobierno de Navarra justifica el cambio en la necesidad de adaptar la valoración y el cálculo de las penalizaciones a las particularidades regionales, dado que el plan nacional de controles no tiene fundamento jurídico-normativo suficiente. La tramitación incluyó el trámite de consulta pública previa, conforme a la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo.

Exenciones por tamaño de explotación

  • Explotaciones de hasta 10 hectáreas de superficie agraria subvencionable: exentas de los controles de condicionalidad reforzada y del sistema de penalizaciones.
  • Explotaciones de hasta 30 hectáreas de superficie agrícola declarada: exentas de los controles y de las penalizaciones de la BCAM 7 (rotación y diversificación de cultivos).
  • Superficies certificadas o en conversión a producción ecológica según el Reglamento (UE) 2018/848: se consideran cumplidoras de las BCAM 1, 3, 4, 5, 6 y 7.
  • Excepciones temporales por condiciones meteorológicas adversas, enfermedades vegetales o infestaciones de plagas, limitadas a las zonas y personas afectadas.

Flexibilidades en las buenas condiciones agrarias

La orden reescribe varias BCAM del anexo I. En la BCAM 5, se prohíbe labrar en la dirección de máxima pendiente cuando esta sea igual o superior al 10%, con exención para parcelas de hasta 1 hectárea y sin necesidad de autorización previa en viñedo. En la BCAM 6, las parcelas de barbecho deberán mantener una cubierta vegetal mínima del 30% de la superficie, y se admiten informes técnicos previos para adelantar labores o aplicar tratamientos excepcionales, remitidos a inspecciones@navarra.es.

La BCAM 7 admite dos vías: rotación —al menos el 33% de la superficie con cultivo principal distinto cada año y cambio de cultivo cada tres años— o diversificación —dos cultivos entre 10 y 30 hectáreas y tres por encima de 30—. La BCAM 10.3 prohíbe aplicar purines con sistemas de plato, abanico y cañón y obliga a enterrar los estiércoles en las 24 horas siguientes.

Penalizaciones: del 1% al 100%

El nuevo anexo V fija la evaluación de los incumplimientos según gravedad (leve, grave, muy grave), alcance (solo explotación o con repercusiones externas) y persistencia. La reducción general es del 3% del importe de los pagos, con estos tramos:

  • 1% para incumplimientos no intencionados, con un mínimo del 0,5% si los detecta el sistema de monitorización de superficies.
  • 5% para los casos más graves y hasta el 10% si un incumplimiento no intencionado tiene consecuencias graves o riesgo para la salud pública o animal.
  • 10% cuando el incumplimiento persiste o se reitera durante tres años naturales consecutivos.
  • Al menos el 15%, ampliable hasta el 100%, en incumplimientos intencionados.
  • Límites globales: 5% (no intencionados no recurrentes), 10% con consecuencias graves, 20% con recurrencia y 100% si hay intencionalidad.

Condicionalidad social y autorizaciones

El anexo VI regula la condicionalidad social, con la Dirección General de Economía Social y Trabajo como autoridad sancionadora en materia laboral y la Dirección General de Desarrollo Rural como responsable de aplicar las penalizaciones. Los porcentajes van del 1% (leve) al 3% (grave), 5% (muy grave), 7% si afecta a la salud de las personas trabajadoras, 10% por reiteración, 15% por intencionalidad y exclusión total de los pagos en casos muy graves reiterados tres años con daño a la salud laboral.

Las autorizaciones de las BCAM corresponden a la Sección de Inspecciones (BCAM 5 y 6), la Sección de Producción y Sanidad Vegetal (BCAM 4), la Dirección General de Medio Ambiente (BCAM 8) y el Servicio Forestal y Cinegético (BCAM 3).

La orden afecta a todo el sector agrario navarro perceptor de pagos directos y de determinados pagos anuales de desarrollo rural, que deberá ajustar su planificación de cultivos y sus prácticas a los nuevos umbrales de exención y a los tramos de penalización ya vigentes para la campaña en curso.


Fuente: Boletín Oficial de Navarra, nº 186, 18 de septiembre de 2026, sección I.1.3 Órdenes Forales, págs. 33742-33753 (referencia oficial: F2612065).