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BOP de Soria · 24 Aug 2026 · 5 vistas

Navalcaballo aprueba la ordenanza fiscal del aprovechamiento de leñas

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Navalcaballo (Soria) ha elevado a definitiva la Ordenanza fiscal reguladora del aprovechamiento de leñas en montes de titularidad municipal, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de treinta días hábiles de exposición al público. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, número 98, de 24 de agosto de 2026, páginas 2902 a 2906, con referencia BOPSO-98-24082026.

La norma, firmada por el alcalde Andrés Muñoz Fernández el 17 de agosto de 2026, ordena el ejercicio de los aprovechamientos de leña de hogar que los vecinos disfrutan “desde tiempos inmemoriales” conforme a normas consuetudinarias, ahora insuficientes ante la dinamización económica y social del municipio. Se dicta en ejercicio de la facultad reconocida en el artículo 38.d) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y de conformidad con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Sorteo anual y requisitos de acceso

El Ayuntamiento fijará cada año el lugar y volumen de los lotes de leña de hogar a adjudicar a las unidades familiares, en función de las disponibilidades de los montes de la localidad. Durante el último trimestre de cada año se realizará una labor de concejo para marcar las suertes y, una vez marcadas, se procederá públicamente al sorteo de los lotes, con anuncio oficial final de adjudicatarios.

Para participar es necesario cumplir una serie de condiciones:

  • Ser mayor de edad, menor emancipado o judicialmente habilitado con capacidad de obrar.
  • Estar inscrito en el Padrón Municipal en el domicilio residencial por el que se solicita la suerte.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento y carecer de deudas relacionadas con el inmueble.
  • Haber abonado la tasa de aprovechamiento en el tiempo y forma que se establezca mediante anuncio o bando de Alcaldía.
  • Figurar en la lista de sorteo publicada por el Ayuntamiento.

Solo se adjudicará una suerte por solicitante y hogar, entendido este como el inmueble habilitado como residencia del solicitante empadronado, previa presentación de uno de los recibos de suministro (agua, basura…) pagados en el último trimestre. Las solicitudes se presentarán en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Los Rábanos, con plazo abierto cada año desde el 15 de octubre al 15 de noviembre, ambos inclusive.

Tasa y obligaciones de los adjudicatarios

La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija al año por cada casa abierta y residencial en la localidad, aplicándose una tarifa de 15 euros por suerte. El mero pago de la tasa no supone la adquisición del derecho al aprovechamiento, y una vez realizado el ingreso no cabrá su devolución en ningún caso.

Los adjudicatarios tienen derecho al aprovechamiento durante un año y están obligados a recoger los restos derivados de la leña antes del 30 de marzo del año siguiente, sin poder almacenarlos en caminos, pistas forestales, calles públicas o lugares que interrumpan el paso. La corta y retirada se realizará conforme a las prescripciones técnicas de la Junta de Castilla y León y de sus Agentes Medioambientales.

Sanciones por venta o incumplimiento

La ordenanza establece un régimen sancionador para quienes no cumplan sus disposiciones:

  • A quienes no recojan los restos o incumplan las directrices se les denegará cualquier aprovechamiento municipal durante los cinco años siguientes, tanto a los titulares como a los domicilios asignados, perdiendo todo derecho sobre el lote que les hubiera correspondido.
  • A quienes procedan a la venta del aprovechamiento, prohibida bajo cualquier concepto por tratarse de leñas de hogar correspondientes a inmuebles residenciales, se les denegará la concesión y no podrán volver a solicitarlo en años sucesivos.

La ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria y comenzará a aplicarse a partir del año en que ha sido aprobada definitivamente. Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, o ante la sección de lo contencioso del Tribunal de Instancia de Soria, en el plazo de dos meses.

La norma afecta a todos los vecinos de Navalcaballo, que verán ordenado y tasado un aprovechamiento tradicional de los montes municipales, garantizando el acceso al sorteo de leña de hogar a cualquier vecino que cumpla los requisitos, a la vez que se vela por la conservación de los recursos y se penaliza su comercialización.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 98, 24 de agosto de 2026, págs. 2902-2906 (referencia oficial: BOPSO-98-24082026).