BOP de Albacete · 06 Nov 2026 · 9 vistas
Naturgy proyecta baterías híbridas en Fuenteálamo y abre plazo de alegaciones
Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Albacete número 129, de viernes 6 de noviembre de 2026, publica en su sección primera el anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación de almacenamiento “BESS Los Pedreros”, promovida por Naturgy Renovables, S.L.U. en el término municipal de Fuenteálamo. El proyecto hibrida un sistema de baterías con el parque eólico ya existente en la zona y abre un plazo de quince días para presentar alegaciones.
Un híbrido de baterías y volante de inercia sobre el parque eólico existente
La instalación proyectada combina un sistema de baterías de 25,08 MW de potencia activa con un volante de inercia de 0,4 MW de potencia pico, que se incorporan al parque eólico “Los Pedreros”, de 49,95 MW, ya en servicio. El conjunto conforma una instalación híbrida de 55 MW de potencia instalada, según el anuncio oficial.
Las características técnicas declaradas por el promotor son las siguientes:
- 20 contenedores de baterías, con capacidad nominal de 5,015 MWh por contenedor y 1,254 MW de potencia activa unitaria.
- 7 convertidores AC/DC-DC/AC con una potencia activa total de 26,74 MW.
- Un transformador de simple devanado (20/0,600 kV de 3.820 MVA) y tres de doble devanado (20/0,600-0,600 kV de 7.640 MVA).
- Un volante de inercia de 400 kW de potencia pico.
- Un centro de seccionamiento con ocho celdas y un transformador de servicios auxiliares de 20/0,420-0,242 kV y 1.600 kVA.
La infraestructura de evacuación se limita a una línea subterránea de 20 kV de unos 327 metros hasta la subestación “SET PE Los Pedreros 20/132 kV” y a la ampliación de esa misma subestación, situada también en Fuenteálamo. El resto del recorrido hasta la red de transporte, en la subestación SE La Pinilla 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U., ya está en servicio y queda fuera del alcance del expediente.
El presupuesto de ejecución material declarado asciende a 12.497.003,66 euros. La finalidad es almacenar parte de la energía generada por el parque eólico y diferir su entrega, además de permitir la carga desde la red, para dotar de mayor flexibilidad a la planta.
Quién decide y dónde se alega
El órgano sustantivo competente para resolver ambas autorizaciones es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La tramitación corresponde a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, con sede en la avenida de España, número 7, 02002 Albacete, que es también la destinataria de las alegaciones.
El expediente se identifica con la referencia PEol-FV-257-ALM y el proyecto puede examinarse en esa dependencia o descargarse desde la web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Las alegaciones se presentarán por escrito en el Registro General de la Subdelegación o por el Registro Electrónico de la Administración General del Estado, en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
El plazo es de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio, que lleva el número de orden 27.843 y está firmado en Albacete el 16 de octubre de 2026 por el jefe de la Dependencia de Industria y Energía, Ángel Ossorio Chapín.
Tramitación simplificada y sin evaluación ambiental añadida
El procedimiento se acoge a la simplificación prevista en el artículo 6 del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, de medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, y a su disposición final segunda. Al situarse el almacenamiento dentro de la poligonal evaluada ambientalmente del proyecto original, el módulo queda exento del trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada.
Como consecuencia, se reducen a la mitad los plazos de tramitación de la autorización administrativa previa y de construcción previstos en los artículos 125, 126, 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. El anuncio se ampara además en los artículos 53.1.a) y 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Impacto para vecinos y propietarios
La publicación afecta directamente a los residentes y titulares de fincas en el entorno de Fuenteálamo, que ven cómo un parque eólico en funcionamiento se amplía con almacenamiento y nuevas infraestructuras eléctricas asociadas. El anuncio abre la vía para que particulares, ayuntamientos y asociaciones presenten observaciones sobre la ocupación del terreno, el trazado de la línea subterránea o el impacto de la ampliación de la subestación. Al tratarse de una instalación de competencia estatal, la decisión final no corresponde al Ayuntamiento sino a la Dirección General de Política Energética y Minas, que resolverá una vez cerrado el periodo de exposición pública.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, n.º 129, de 6 de noviembre de 2026, Sección primera. Administración Estatal, págs. 3-5 (referencia oficial: 27.843).