Federal Register · 01 Sep 2026 · 2 vistas
El Servicio de Parques Nacionales propone flexibilizar las normas de los senderos para bicicletas
Por FactBox Admin

El Servicio de Parques Nacionales (NPS) ha propuesto una norma para simplificar los requisitos procesales para la designación de carreteras y senderos para el uso de bicicletas y bicicletas eléctricas en las áreas de los parques, publicada en el Registro Federal (Vol. 91, No. 168) el martes 1 de septiembre de 2026. La propuesta, identificada como RIN 1024–AE97 bajo el expediente NPS–WASO–DTS#NPS0042897, rescindiría varios mandatos procesales en 36 CFR 4.30 que, según la agencia, restringen innecesariamente el acceso recreativo. Los comentarios deben recibirse antes de las 11:59 p.m. ET del 2 de noviembre de 2026.
El NPS administra el Sistema de Parques Nacionales, que comprende más de 400 áreas y sitios, y la propuesta afectaría el acceso recreativo en esas unidades y en las comunidades receptoras que les prestan servicio. El ciclismo se describe como la forma más popular de recreación activa en el sistema después del senderismo y las caminatas, y la norma también cubriría las bicicletas eléctricas (e-bikes), que según la agencia amplían el acceso para ciclistas con limitaciones debido a la edad, enfermedad, discapacidad o condición física.
Contexto desregulatorio
La propuesta se plantea como una respuesta a dos órdenes ejecutivas firmadas por el Presidente Trump. La Orden Ejecutiva 14219, “Garantizar la Gobernanza Legal e Implementar la Iniciativa de Desregulación del ‘Departamento de Eficiencia Gubernamental’ del Presidente”, ordena a las agencias identificar regulaciones que no se basen en la mejor lectura de la autoridad estatutaria subyacente. La Orden Ejecutiva 14314, “Hacer a América Hermosa Nuevamente Mejorando Nuestros Parques Nacionales”, firmada el 3 de julio de 2025, ordena al Secretario del Interior revisar las normas de acceso recreativo y rescindir cualquiera que restrinja innecesariamente la recreación.
El NPS sostiene que las regulaciones existentes en 36 CFR 4.30 entran en conflicto con la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA) y la política del Departamento. Específicamente, las normas actuales requieren una evaluación ambiental (EA) o una declaración de impacto ambiental (EIS) para acciones tales como la designación de senderos existentes, el desarrollo de nuevos senderos y la autorización de nuevos senderos para el uso de bicicletas, incluso cuando una exclusión categórica sería apropiada bajo la NEPA. La agencia señala que recientemente adoptó una exclusión categórica de la Administración Federal de Carreteras que cubre la “construcción de terrenos, caminos e instalaciones para bicicletas y peatones”, pero no puede utilizarla para nuevos senderos de bicicletas debido al mandato regulatorio.
Qué cambiaría la norma
La norma propuesta simplificaría la forma en que el NPS permite el uso de bicicletas y bicicletas eléctricas, estableciendo la misma base para todas las formas de bicicletas en las carreteras del parque y en las áreas de estacionamiento abiertas al uso de vehículos motorizados por el público. Los superintendentes conservarían la autoridad para designar otros lugares, incluidas las carreteras y senderos administrativos, requiriéndose la creación de normas solo en dos circunstancias:
- Cuando una designación fuera altamente controvertida o, de otro modo, significativa según los criterios de 36 CFR 1.5(b).
- Cuando se permitieran bicicletas o bicicletas eléctricas en lugares que nunca hayan sido mejorados con materiales artificiales o procesados, tales como grava, asfalto, hormigón, tablas de madera, cemento suelo o material basado en resina.
La norma rescindiría los requisitos de preparar un documento de planificación del parque y una determinación escrita en todos los casos, y eliminaría el mandato de proporcionar al menos 30 días de comentarios públicos sobre una EA, lo cual, según el NPS, entra en conflicto con el Manual de Procedimientos de Implementación de NEPA del Departamento del Interior. También eliminaría el requisito de que un Hallazgo de No Impacto Significativo o un Registro de Decisión concluyan que no hay un impacto significativo antes de que se permita el uso de bicicletas en los senderos existentes, un estándar que la agencia afirma que difiere del estándar de no deterioro de la Ley Orgánica del NPS.
Lo que permanece vigente
Se mantendrían varias disposiciones existentes. Las definiciones de “bicicleta” y “bicicleta eléctrica” en 36 CFR 1.4 permanecerían sin cambios, al igual que la prohibición de poseer una bicicleta o bicicleta eléctrica en áreas silvestres establecidas por estatuto federal. La norma mantendría la prohibición existente de utilizar el motor eléctrico para propulsar exclusivamente una bicicleta eléctrica durante un período prolongado, lo que afecta a las bicicletas eléctricas de Clase 2, y continuaría aplicando la ley estatal al uso de bicicletas y bicicletas eléctricas, excepto según lo dispuesto en las regulaciones del NPS.
Los superintendentes conservarían la autoridad para establecer limitaciones, restricciones, condiciones y cierres al uso de bicicletas o bicicletas eléctricas tras considerar la salud y seguridad pública, la protección de los recursos y los objetivos de gestión. Una nueva disposición aclararía que los cierres permanentes de carreteras y áreas de estacionamiento del parque abiertas al uso de vehículos motorizados, o de carreteras y senderos administrativos, requerirían la creación de una norma.
El NPS busca comentarios públicos específicos sobre los criterios que podrían determinar cuándo se requiere la creación de una norma, como si deberían estar exentos los lugares que nunca han sido mejorados con materiales artificiales pero que poseen otras características que reducen el potencial de impacto, como las playas públicas. Para el público estadounidense, la norma podría significar una aprobación más rápida de nuevas y ampliadas oportunidades para bicicletas y bicicletas eléctricas en todo el Sistema de Parques Nacionales, facilitando el acceso desde y hacia las comunidades puerta de enlace mientras la agencia redirige los recursos administrativos a otras acciones de gestión.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 168, 1 de septiembre de 2026, Reglas Propuestas, p. 56095 (referencia oficial: RIN 1024–AE97; FR Doc. 2026-17902).