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BOP de Badajoz · 01 Oct 2026 · 17 vistas

Multa de 50 euros por una infracción de convivencia en Jerez

Por FactBox Admin

Multa de 50 euros por una infracción de convivencia en Jerez

El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros ha resuelto el expediente sancionador 454/2026 por una infracción de la Ordenanza de convivencia ciudadana de la localidad, con una multa de 50,00 euros. La resolución se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del 1 de octubre de 2026, en el anuncio 3821/2026, después de que la notificación intentada en el último domicilio conocido del interesado no pudiera practicarse.

La publicación se ampara en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236, de 2 de octubre de 2015), que obligan a dar publicidad a los actos administrativos cuando la notificación personal resulta infructuosa. El anuncio lo firma el Alcalde-Presidente, Raúl Gordillo Barroso.

Datos del expediente y de la infracción

El expediente tramitado por el Consistorio jerezano corresponde a una única resolución sancionadora, cuyos datos publicados son los siguientes:

  • Expediente: 454/2026.
  • Identificación del interesado: DNI 80****02N.
  • Localidad y provincia: Jerez de los Caballeros (Badajoz).
  • Legislación aplicada: Ordenanza de convivencia ciudadana de Jerez de los Caballeros.
  • Importe de la multa: 50,00 euros.
  • Fecha de la infracción: 3 de febrero de 2026.
  • Lugar de la infracción: Ctra. Villanueva, intersección con avenida Portugal, de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
  • Fecha de resolución: 19 de agosto de 2026.
  • Fecha de notificación fallida: 2 de julio de 2026.

Plazos de recurso y de pago

Contra la resolución, que es firme en vía administrativa, el interesado dispone de dos vías de impugnación:

  • Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Recurso directo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses.

Transcurridos esos plazos sin que se haya hecho uso del derecho de impugnación, la resolución devendrá firme y la multa podrá abonarse en periodo voluntario dentro de los quince días siguientes a la firmeza. El anuncio advierte de que, en caso de impago, la exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, con exigencia de los correspondientes recargos e intereses.

Dónde consultar el expediente

Los expedientes obran en el Negociado de Multas de la Jefatura de Policía Local, sita en la calle Polígono, número 1, de Jerez de los Caballeros. El anuncio se incluye en la sección de Administración Local del boletín provincial.

La publicación ilustra el funcionamiento ordinario del régimen sancionador local: cuando la notificación personal fracasa, la Administración recurre al boletín oficial para que el acto surta efectos y el plazo de impugnación empiece a contar. Para los vecinos, el anuncio recuerda que las multas de convivencia ciudadana se tramitan por vía administrativa y que el silencio ante la resolución conlleva su firmeza y, en su caso, el apremio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, 1 de octubre de 2026, Administración Local, anuncio 3821/2026 (referencia oficial: 3821/2026).