BOP de Castellón · 01 Sep 2026 · 1 vistas
Morella aprueba inicialmente su Reglamento Orgánico Municipal
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Morella ha aprobado inicialmente su Reglamento Orgánico Municipal, la norma que regula el funcionamiento interno de la corporación, mediante Acuerdo del Pleno adoptado el 16 de julio de 2026. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 105, de 1 de septiembre de 2026, con referencia 03770-2026 y expediente 930/2026.
La aprobación inicial se tramita de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y con el artículo 56 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. El procedimiento se encuadra en la vía de disposiciones normativas de aprobación, modificación o derogación.
Plazo de alegaciones
El expediente queda sometido a información pública por un plazo de treinta días hábiles, que se computa desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín provincial. Durante ese periodo, cualquier persona interesada puede examinar el texto y presentar las reclamaciones que estime oportunas.
- El reglamento podrá consultarse en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Morella.
- También estará disponible en la sede electrónica municipal, en la dirección morella.sedelectronica.es.
- Las alegaciones podrán presentarse por los cauces ordinarios durante todo el plazo de exposición.
Aprobación definitiva
Si en el citado plazo no se presentara ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación del reglamento se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo pronunciamiento del Pleno. En caso contrario, la corporación deberá resolver sobre las alegaciones formuladas antes de la aprobación definitiva.
El anuncio está firmado por el alcalde-presidente, Bernabé Sangüesa Antolí, con fecha de 18 de agosto de 2026 en Morella.
Relevancia para los vecinos
El Reglamento Orgánico Municipal es la pieza clave que ordena el funcionamiento del ayuntamiento: la organización de los órganos de gobierno, el régimen de sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno, las atribuciones de la alcaldía y de los tenientes de alcalde, y los derechos y deberes de los concejales. Su actualización dota a la corporación de un marco normativo propio y modernizado, y la fase de información pública garantiza que la ciudadanía pueda participar en la configuración de la norma que regirá la vida institucional del municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 105, 1 de septiembre de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: 03770-2026).