BOP de Córdoba · 16 Sep 2026 · 4 vistas
Montilla aprueba bonificaciones del ICIO para rehabilitación y empleo
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Montilla ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 4, reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), con un paquete de bonificaciones de hasta el 95% dirigido a la rehabilitación, el fomento del empleo, el sector vitivinícola, los centros de mayores y la energía solar. La medida queda publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 179, de 16 de septiembre de 2026 (pág. 13257).
Aprobación y trámite
El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el 1 de julio de 2026, aprobó inicialmente la modificación dentro del expediente de “Aprobación y Modificación de Ordenanzas Fiscales 2026” (expediente GEX 20256/16399). Los acuerdos provisionales se publicaron mediante el anuncio 2367/2026, de 10 de julio de 2026, en el Tablón de Edictos y en el Diario Córdoba el 9 de julio de 2026.
Transcurrido el plazo legal de exposición pública sin que se presentaran reclamaciones, los acuerdos se entienden definitivamente aprobados, conforme al artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Bonificaciones por rehabilitación y empleo
El nuevo artículo 6 de la ordenanza declara de especial interés o utilidad municipal determinadas actuaciones, con bonificaciones que varían según el supuesto:
- Rehabilitación de edificios protegidos por el PGOU de Montilla: 95% (Nivel 1, Protección Integral), 25% (Nivel 2, Protección Global) y 20% (Nivel 3, Protección Ambiental).
- Obras acogidas al Programa Municipal de Rehabilitación de viviendas: 50%.
- Obras del Plan de Vivienda y Rehabilitación de la Junta de Andalucía: 50%.
- Nueva actividad económica declarada de especial interés por fomento del empleo que genere al menos tres puestos de trabajo indefinidos: 95%.
- Obras en bodegas, lagares y tonelerías vinculadas al sector vitivinícola que repercutan en la actividad turística: 50%.
- Centros residenciales o de día para personas mayores o con discapacidad, y ampliaciones que incrementen plazas: 95%.
- Obras en edificios municipales destinados a colegios públicos realizadas por las AMPAS: hasta 95%.
Empleo, accesibilidad y energía solar
La bonificación por nueva actividad económica exige mantener las condiciones durante los dos ejercicios siguientes y que los trabajadores que causen baja sean sustituidos en el plazo máximo de un mes. No se considerará nueva actividad la desarrollada anteriormente bajo otra titularidad o tipología análoga en el municipio, ni en supuestos de fusión, escisión o agrupación de empresas.
La ordenanza también contempla una bonificación del 90% para obras que favorezcan el acceso y la habitabilidad de personas con discapacidad en su residencia habitual, y del 50% para instalaciones de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar para autoconsumo o comunidades energéticas sin ánimo de lucro. Las nuevas construcciones de viviendas de protección oficial obtienen un 50%. Cuando concurran varias bonificaciones, se aplicará la más ventajosa para el sujeto pasivo.
Impacto
Todas las bonificaciones tienen carácter rogado y exigen solicitud previa al inicio de las obras, además de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el municipio. La medida busca impulsar la rehabilitación del patrimonio, atraer actividad económica generadora de empleo estable y apoyar sectores estratégicos de la ciudad como el vitivinícola, en un marco de estímulo fiscal municipal.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 179, 16 de septiembre de 2026, sección Administración Local, pág. 13257 (referencia oficial: BOP-A-2026-3064).