Boletín Oficial de Castilla y León · 08 Sep 2026 · 1 vistas
Merck actualiza su autorización ambiental en Carbajosa de la Sagrada
Por FactBox Admin

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de la Junta de Castilla y León ha modificado la autorización ambiental de la planta de fabricación y comercialización de especialidades farmacéuticas de uso veterinario de Merck Sharp & Dohme Animal Health, S.L., en el término municipal de Carbajosa de la Sagrada (Salamanca). La decisión se adopta mediante la Orden AGR/861/2026, de 27 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) n.º 174, de 8 de septiembre de 2026 (pág. 14), como consecuencia de la modificación no sustancial MNS 50, tramitada con el expediente 031-26-MNSSA.
La orden modifica la autorización ambiental originalmente concedida por la Orden de 29 de abril de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente a la entonces Laboratorios Intervet, S.A., y sustituye los Anexos I y II en los términos recogidos en el informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático. La instalación, con código PRTR 03883 y NIF B37012069, desarrolla su actividad en los tres campus del Polígono Industrial El Montalvo de Carbajosa de la Sagrada, con una actividad clasificada en el CNAE 21.20 (fabricación de especialidades farmacéuticas).
Alcance de la modificación no sustancial
La MNS 50 fue comunicada por el titular el 11 de marzo de 2026, y el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático emitió su informe favorable el 12 de agosto de 2026. Los cambios notificados se consideran no sustanciales al no incrementar la incidencia sobre la seguridad, la salud o el medio ambiente, y al no modificar ni aumentar las emisiones, conforme a los artículos 10.4 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y 14.1 del Reglamento de emisiones industriales.
Los cambios incorporados a la autorización son los siguientes:
- Sustitución del equipo Deshidratador 2 (F11) por un equipo deshidratador de similares características.
- Cambio de quemador del Generador de vapor de control de calidad (F05).
- Actualizaciones del condicionado ambiental de la instalación.
- Ajustes porcentualmente muy pequeños de la capacidad de producción, derivados de mejoras de rendimiento en la fabricación de antígenos y no de nuevas instalaciones o procesos.
- Ampliación de la producción estimada de residuos no peligrosos y peligrosos, sin superar los márgenes legales para su consideración como no sustancial.
Marco normativo y órgano competente
La competencia para resolver corresponde al titular de la consejería en materia de medio ambiente, en virtud del artículo 19 del texto refundido de la Ley de prevención ambiental de Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre), en su redacción dada por la Ley 4/2024, de 9 de mayo. La orden, que pone fin a la vía administrativa, está firmada por el consejero Joaquín Antonio Pino.
La instalación acumula un historial de modificaciones de su autorización ambiental, entre las que figuran cambios de titularidad (de Laboratorios Intervet a Merck Sharp & Dohme), la modificación sustancial MS 3 (nueva parcela, oficinas y placas solares) y numerosas modificaciones no sustanciales (MNS 29 a 49) relativas a focos de emisión, calderas, generadores de vapor, almacenes y edificios de control de calidad.
Relevancia para la zona
La actualización de la autorización ambiental de esta planta farmacéutica veterinaria, una de las instalaciones industriales de referencia del Polígono Industrial El Montalvo, confirma la continuidad de su actividad productiva en Carbajosa de la Sagrada. Al tratarse de una modificación no sustancial que no altera las emisiones, el ajuste de datos y de capacidad de producción se integra en el régimen de control ambiental vigente, sin abrir nuevos procedimientos de evaluación. Contra la orden cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, n.º 174, 8 de septiembre de 2026, I. Comunidad de Castilla y León, D. Otras Disposiciones, pág. 14 (referencia oficial: BOCYL-D-08092026-174-4).