Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla · 13 Oct 2026 · 8 vistas
Melilla convoca ayudas extraordinarias a la inversión con fondos FEDER
Por FactBox Admin

La Ciudad Autónoma de Melilla ha convocado de forma extraordinaria subvenciones de capital para proyectos de inversión, con una cuantía máxima de hasta el 50% de la inversión subvencionable y un plazo de 20 días hábiles para presentar solicitudes. La medida la firma el consejero Miguel Marín Cobos, al frente de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento, y se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME) nº 6422, de 13 de octubre de 2026, mediante la Orden nº 2377, de 5 de octubre de 2026 (referencia BOME-A-2026-1136), cuyo extracto figura como BOME-A-2026-1135.
La convocatoria se apoya en las bases reguladoras aprobadas por Decreto de 18 de abril de 2024 (BOME nº 6167, de 23/04/2024) y se acoge a la exención de notificación del Reglamento (UE) nº 651/2014, con número de ayuda SA.113964. El expediente tramitado es el 25163/2026 y el extracto se identifica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el código BDNS 934137.
Se trata de una cita complementaria a la convocatoria ordinaria de 2026 (BOME nº 6361, de 13/03/2026), que obligaba a generar empleo estable. La nueva convocatoria excluye ese concepto tanto como obligación como gasto subvencionable, y busca aplicar los remanentes del Programa FEDER para Melilla 2021-2027, cofinanciado al 85%, para afianzar y modernizar a las pymes mediante inversiones productivas.
Cuantía y financiación
- Presupuesto: 600.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06/43300/77001 (2025) y retención de crédito 12026000076679.
- Subvención de capital de hasta el 50% de la inversión subvencionable; ningún proyecto podrá obtener más de la mitad del presupuesto de la convocatoria.
- Contribución financiera mínima del beneficiario: 25% de los costes subvencionables, exenta de cualquier ayuda pública.
- Quedan excluidas la adquisición de bienes inmuebles y la generación de empleo del proyecto.
- Si se agota el crédito, el importe podrá prorratearse hasta un 80% entre los beneficiarios.
Beneficiarios y proyectos subvencionables
Podrán solicitar las ayudas las PYME que ejerzan una actividad económica en el ámbito territorial de Melilla, incluidas comunidades de bienes y agrupaciones sin personalidad jurídica, así como los autónomos. Se subvencionan la creación de nuevas empresas y la ampliación o diversificación de actividad; en este segundo caso, la empresa debe estar de alta en el IAE al menos un año antes de la solicitud.
No podrán ser beneficiarias, entre otras:
- Empresas de sectores excluidos por el Reglamento (UE) nº 651/2014.
- Empresas del sector de la construcción, incluida la promoción y edificación.
- Empresas que obtengan el 75% o más de sus ingresos de administraciones u organismos públicos.
- Empresas en crisis o con subvenciones anteriores pendientes de justificación.
Plazos, tramitación y valoración
- Plazo de solicitudes: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOME.
- Presentación exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla; los modelos están disponibles también en la web de Proyecto Melilla, S.A.U.
- Resolución: máximo de seis meses desde la finalización del plazo de solicitudes, con silencio administrativo desestimatorio.
- Ejecución del proyecto: hasta doce meses desde la notificación de la concesión; justificación, hasta dos meses después.
- La gestión corresponde a Proyecto Melilla, S.A.U. y la resolución al consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento.
La Comisión de Valoración puntúa los proyectos hasta un máximo de 80 puntos: hasta 45 por innovación, digitalización y sostenibilidad; hasta 20 por cualificación profesional y motivación empresarial; hasta 5 por localización en zonas prioritarias; hasta 5 por capacidad de generar actividad económica; y hasta 5 por implantación de planes de igualdad. El criterio de empleo estable no se aplica en esta convocatoria.
La convocatoria abre una vía de financiación relevante para autónomos y pequeñas y medianas empresas de Melilla que tengan previsto invertir en maquinaria, obra civil, digitalización o eficiencia energética, al rebajar el límite de subvención pero ampliar el número potencial de beneficiarios. Los interesados deben presentar su solicitud por vía electrónica dentro del plazo y acreditar que no han iniciado las inversiones antes de solicitarlas, requisito indispensable para optar a la ayuda.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), nº 6422, de 13 de octubre de 2026, sección I, pág. 5033 (referencia oficial: BOME-A-2026-1136).