Boletín Oficial del Principado de Asturias · 22 Sep 2026 · 3 vistas
Medio Ambiente avala la planta de baterías FIB002 en Avilés y Gozón
Por FactBox Admin

La Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias ha formulado el informe de impacto ambiental del modificado del proyecto “Planta de almacenamiento con baterías FIB002 e infraestructuras de conexión (Avilés y Gozón)”, promovido por Field Iberia Bess 2, S. L. La resolución, de 9 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 183, de 22 de septiembre de 2026, y concluye que el proyecto no debe someterse a una evaluación ambiental ordinaria.
El expediente, tramitado al amparo de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se resolvió por el procedimiento simplificado al encajar la instalación en el anexo II, Grupo 4 (“Industria energética”), apartado n), relativo al almacenamiento energético stand-alone mediante baterías electroquímicas. La Consejería actúa como órgano ambiental del Principado de Asturias en virtud del Decreto 22/2023, de 31 de julio, de reestructuración de las consejerías.
La cronología del trámite queda recogida en la propia resolución:
- El 16 de enero de 2026 el Servicio de Evaluaciones Ambientales recibe del órgano sustantivo la solicitud de inicio y el documento ambiental.
- El 24 de marzo de 2026 el documento se somete a consultas de administraciones y personas interesadas durante 20 días.
- El 7 de abril de 2026 se inserta un anuncio en el BOPA núm. 65 para las personas interesadas desconocidas.
- El expediente de referencia es IA-IA-0013/2026//AUTO/2026/1030.
Un condicionado centrado en el riesgo de incendio
El informe exige medidas específicas para los sistemas de almacenamiento estacionario de energía (SAE). El promotor deberá elaborar y registrar en el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) un plan de autoprotección conforme al Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, y la planta dispondrá de hidrantes con caudal y presión garantizados durante al menos una hora, según el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.
Los viales internos y de acceso deberán soportar camiones de bomberos de al menos 40 toneladas, y el cierre perimetral actuará como muro cortafuegos con dos horas de protección. Los módulos incorporarán refrigeración líquida o por aire, detección temprana de gases, detección de humo y temperatura con triple redundancia, activación automática, sistema de extinción, alivio de sobrepresión y control remoto permanente.
Los SAE deberán cumplir los estándares UL94 y UL940A, IEC 62933 y NFPA 855, y antes de la puesta en servicio el responsable técnico justificará su cumplimiento ante el órgano competente en materia de industria.
Ruido, campos electromagnéticos y seguridad industrial
En materia acústica se aplicarán la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, con obligación de paralizar total o parcialmente la instalación si se superan los límites legales. Respecto a los campos electromagnéticos, se comprobará el cumplimiento de la Recomendación del Consejo 1999/519/CE y del Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, tanto para las plantas como para la línea eléctrica de evacuación de 50 kV.
La seguridad industrial se regirá por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, aprobado por Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo.
Aguas, residuos y protección del entorno
Queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales sin autorización previa, y el promotor deberá diseñar un sistema de recogida y tratamiento de las aguas de enfriamiento para evitar infiltraciones, conforme al Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, que aprueba el Plan Hidrológico del Cantábrico Occidental. Los residuos se gestionarán según la Ley 7/2022, de 8 de abril, y las baterías de ion-litio al final de su vida útil conforme al Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero.
Se exige además apantallamiento visual perimetral, colores neutros, cierre rígido infranqueable, iluminación direccional de bajo consumo, uso de especies autóctonas en la restauración y control semestral de fugas de SF6 en el centro de transformación.
Urbanismo en Avilés y seguimiento ambiental
La viabilidad urbanística del tramo de línea eléctrica subterránea que atraviesa Avilés deberá justificarse ante el ayuntamiento, acreditando el interés general y la imposibilidad de un trazado alternativo. Para mejorar la aceptación vecinal se recomienda un trazado alternativo en la zona de La Granda, aprovechando calles o servidumbres de líneas existentes que se dirigen a la subestación SET Tabiella.
El promotor deberá redactar un nuevo Programa de Vigilancia Ambiental con campañas acústicas preoperacionales y de explotación, comprobación de los valores de la Recomendación 1999/519/CE y reportaje fotográfico de la instalación. El informe perderá su vigencia si el proyecto no se autoriza en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.
El pronunciamiento despeja el principal trámite ambiental de un proyecto energético de gran escala en la comarca de Avilés, pero lo ata a un condicionado exigente en prevención de incendios, ruido y protección de acuíferos que marcará su diseño final y su relación con los vecinos.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 183, de 22 de septiembre de 2026, sección I. Principado de Asturias (Otras Disposiciones), págs. 1-6 (referencia oficial: Cód. 2026-07609).