FactBox.

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 06 Nov 2026 · 7 vistas

Madrid destina 961.309 euros a las salas de cine con la FECE

Por FactBox Admin

Madrid destina 961.309 euros a las salas de cine con la FECE

La Comunidad de Madrid destinará 961.309,52 euros a ayudas directas para las salas de cine de la región a través de un convenio con la Federación de Cines de España (FECE), publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) núm. 267, de 6 de noviembre de 2026. El acuerdo lo firman el consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Mariano de Paco Serrano, y Álvaro Postigo Solana en nombre de la federación. Cada recinto podrá recibir como máximo el 80% del coste del proyecto que declare y justifique.

El convenio, suscrito el 26 de octubre de 2026, da cumplimiento al acuerdo del Pleno de la Conferencia Sectorial de Cultura de 30 de abril de 2026 sobre los criterios de reparto de los créditos transferidos a las comunidades autónomas para ayudas a salas cinematográficas, propuesta elevada por la Comisión Interterritorial de Cinematografía y Audiovisual (COMICA) el 25 de marzo de 2026. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte tramita la subvención como concesión directa al amparo del artículo 4.5.c) 3.º de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, con informe justificativo de razones excepcionales emitido el 28 de julio de 2026.

El convenio no financia la explotación comercial ordinaria de las sesiones ni compensa pérdidas: contribuye parcialmente a los costes que permiten a los recintos mantener su “disponibilidad cultural” durante 2026, entendida como la capacidad de operar como equipamiento cultural abierto, técnicamente operativo y accesible.

Hasta el 80% del coste de cada recinto

El importe se abonará en un pago único a la firma del convenio, con cargo a la partida 48100 del programa presupuestario 334A, según la autorización de 27 de julio de 2026 de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería. El reparto efectivo queda así:

  • 961.309,52 euros: aportación total de la Comunidad de Madrid.
  • 28.839,28 euros: máximo que retendrá FECE para auditoría y gestión, con un tope del 3% de la ayuda.
  • 932.470,24 euros: importe neto a distribuir entre las salas.
  • 80%: límite máximo de financiación por recinto sobre el coste declarado y justificado.

La ayuda se acoge al Reglamento (UE) 651/2014, en su artículo 53.2.a), y, en su caso, al régimen de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831, con un techo de 300.000 euros por beneficiario en tres años.

Requisitos para acceder a las ayudas

Podrán ser beneficiarias las empresas privadas, cooperativas, asociaciones y demás entidades con actividad económica que sean titulares y explotadoras directas de salas en la Comunidad de Madrid, siempre que la exhibición sea su actividad efectiva, habitual y principal. Deberán acreditar:

  • Actividad continuada entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026 y compromiso de mantenerla hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Apertura al público y programación durante al menos 80 días continuados al año.
  • Inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del ICAA o en el registro autonómico equivalente.

Quedan excluidas las administraciones y el sector público, las fundaciones que no desarrollen de forma exclusiva la exhibición, los titulares con residencia fiscal en jurisdicciones no cooperativas, las empresas titulares de salas X y los gestores de recintos públicos con gestión temporal o con título jurídico de duración igual o inferior a dos anualidades. La fuerza mayor acreditada —incendios, inundaciones, temporales o emergencias declaradas— permite computar días de cierre, pero no los cierres por decisión empresarial, obras, vacaciones o baja demanda.

Reparto por pantallas, población y días de apertura

FECE distribuirá los fondos con una media por pantalla sobre el total de pantallas elegibles y tres factores correctores: el tamaño del recinto, el umbral de 250.000 habitantes en un radio de 15 kilómetros y el período de apertura efectiva. Los cines de una sola pantalla recibirán un porcentaje superior a la media y los de 13 o más pantallas, uno inferior; el factor de apertura aplica solo a recintos con menos de 180 días y se calcula dividiendo los días efectivos entre 180. La diferencia entre el importe medio máximo y mínimo por pantalla no podrá superar el 50% con carácter general.

El pago a los beneficiarios finales deberá completarse antes del 31 de diciembre de 2026, previa auditoría externa y firma de una adenda con la relación de perceptores e importes. La justificación ante la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas vence el 31 de enero de 2027 y el convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, sin posibilidad de prórroga.

El convenio llega en un momento en que, según el acuerdo de la conferencia sectorial, está en riesgo la supervivencia de la diversidad de la programación y de las propias salas. El texto identifica los cines como equipamientos culturales de proximidad y nodos de vertebración territorial, y fija como prioridad los municipios alejados de los grandes núcleos de población, donde la pantalla es a menudo la única vía de acceso presencial a la cultura cinematográfica.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), núm. 267, de 6 de noviembre de 2026, sección I.D Anuncios, págs. 550-566 (referencia oficial: BOCM-20261106-52).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-11-06