Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 23 Oct 2026 · 1 vistas
Madrid amplía a catorce años la vigencia de los conciertos educativos
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el Decreto 86/2026, de 21 de octubre, que eleva de diez a catorce años la vigencia de los conciertos educativos y de los convenios con centros privados sostenidos con fondos públicos. La norma se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M.) núm. 253, de 23 de octubre de 2026, dentro de la sección I.A de disposiciones generales, y entra en vigor el 24 de octubre. El objetivo declarado es que la fecha de renovación de los conciertos coincida con la implantación completa de la disminución de la ratio de alumnos por aula.
El decreto, impulsado por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, modifica el artículo 13 del Decreto 31/2019, de 9 de abril, que regulaba el régimen de conciertos educativos en la región y que fijaba un plazo de diez años desde la modificación operada por el Decreto 3/2021, de 13 de enero. Hasta ahora, los convenios con centros privados que imparten primer ciclo de educación infantil, ciclos formativos de grado medio y de grado superior se mantenían en cuatro años renovables, por limitación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El marco estatal lo componen la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que en su artículo 116.3 fija duraciones mínimas de seis años para primaria y de cuatro para el resto de enseñanzas. Los aspectos básicos del régimen se recogen en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.
De diez a catorce años y renovación única
El nuevo artículo 13 establece que la vigencia de los conciertos educativos será de catorce años. La duración será idéntica para todos los niveles educativos, de modo que el procedimiento de renovación será único para todos ellos, lo que evita trámites escalonados según la etapa.
Los convenios para el sostenimiento con fondos públicos de centros privados que impartan primer ciclo de educación infantil, ciclos formativos de grado medio y de grado superior tendrán también la duración de catorce años. La exposición de motivos justifica el cambio en la necesidad de dotar de “certeza y previsibilidad” a tres actores:
- Los titulares de los centros concertados.
- Las familias que han escolarizado a sus hijos en centros concertados en la Comunidad de Madrid.
- La propia Administración educativa.
El calendario de la bajada de ratios
Desde el curso 2022/2023 la Comunidad de Madrid desarrolla un proceso de disminución de la ratio máxima de alumnos por aula en segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria. Ese proceso finalizará en el curso 2030/2031, y ese horizonte es el que explica la nueva duración de catorce años.
Según el texto, los centros concertados están adaptando su configuración jurídica de unidades y su concierto en función de las necesidades de escolarización y de la demanda de puestos escolares, condicionados por la reducción de la ratio. El decreto sostiene que solo al término de ese proceso los centros habrán definido su configuración definitiva y la Administración podrá actualizar una programación general de la enseñanza “adecuada y suficiente”, conforme al artículo 1 del Decreto 31/2019.
Un mes para renunciar o firmar la adenda
La disposición transitoria única regula la situación de los conciertos y convenios ya vigentes. Los conciertos adaptarán su duración a catorce años salvo renuncia expresa del titular del centro, que deberá manifestarse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del decreto.
En el caso de los convenios, la adaptación se hará mediante la suscripción de una adenda, para lo cual los titulares deberán manifestar expresamente su conformidad en ese mismo plazo de un mes. La tramitación incluyó audiencia e información pública, informe preceptivo de coordinación y calidad normativa, dictamen del Consejo Escolar e informe de la Abogacía General, además del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora.
El decreto está firmado por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y por la consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Mercedes Zarzalejo Carbajo, tras la deliberación del Consejo de Gobierno del 21 de octubre de 2026.
La ampliación da estabilidad a la red concertada madrileña durante la próxima década y reduce la incertidumbre de las familias sobre la continuidad de sus centros, aunque traslada al inicio del curso 2030/2031 el momento en que la Administración revisará la programación de plazas escolares con el mapa de ratios ya cerrado.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 253, de 23 de octubre de 2026, sección I.A (Disposiciones Generales), págs. 12-14 (referencia oficial: BOCM-20261023-1).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-23