Diario Oficial de Extremadura · 02 Oct 2026 · 23 vistas
Luz verde ambiental a la planta de nitrógeno industrial de Mérida
Por FactBox Admin

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio ha formulado informe de impacto ambiental favorable al proyecto de planta de fabricación de nitrógeno industrial en el término municipal de Mérida, cuya promotora es Jinhong Gas Spain, SL. La resolución, de 23 de septiembre de 2026, concluye que no es previsible que el proyecto produzca impactos adversos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, declara innecesario su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. El texto se publica en el Diario Oficial de Extremadura núm. 191, de 2 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026062449 y expediente IA26/0300.
El pronunciamiento se enmarca en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo artículo 73 regula la evaluación ambiental simplificada. El proyecto se encuadra en el anexo V de esa norma por su inclusión en el anexo II, grupo 6, apartados a) y c), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, referidos a instalaciones industriales de producción de productos químicos y de almacenamiento de productos petroquímicos y químicos. La competencia del órgano ambiental deriva del artículo 7.1.d) del Decreto 107/2026, de 26 de mayo, de estructura orgánica de la consejería.
La tramitación arrancó el 6 de febrero de 2026, cuando el promotor presentó el documento ambiental ante la extinta Dirección General de Sostenibilidad. El expediente se completó tras el requerimiento de subsanación de 14 de abril de 2026 y las consultas a administraciones y entidades interesadas practicadas el 27 de mayo de 2026.
Una planta criogénica de 12.000 metros cuadrados en Expaciomérida
Las instalaciones se ubicarán en el interior del Parque Empresarial Expaciomérida, en la parcela I-18 (referencia catastral 9516104QD2091N0001XG), de 12.000 m² de superficie, ampliada con parte de la parcela I-27 mediante licencia de parcelación del Ayuntamiento de Mérida de 15 de abril de 2026. El acceso se realiza desde la carretera N-630, a 680 metros al oeste, y los núcleos más próximos son Torremejía y Calamonte.
La planta producirá nitrógeno de alta pureza, superior al 99 %, mediante separación criogénica del aire. Sus cifras principales son:
- Producción anual de 100.000.000 m³ de N2, con 8.000 horas de funcionamiento al año.
- Capacidad nominal de 17.000 Nm³/h de nitrógeno gas a alta presión.
- Caudal total de aire en operación normal de 28.000 Nm³/h.
- Demanda eléctrica prevista de 4,61 MW, con suministro en media tensión a 15 kV desde una subestación de Endesa en la parcela D-4.
- Consumo de agua bruta de unos 96.000 m³/año y agua potable garantizada de 12 m³/día.
- Vertido máximo a la red de saneamiento municipal de 3.096,6 m³/año.
- Dos tanques criogénicos verticales de 250 m³ cada uno para nitrógeno líquido.
Alegaciones de ADENEX y respuesta del órgano ambiental
ADENEX presentó el 25 de junio de 2026 un escrito con diez bloques de alegaciones en el que pedía ampliar la documentación ambiental y valorar de forma expresa el sometimiento del proyecto a evaluación ordinaria. La asociación alegó la proximidad del emplazamiento a la ZEPA Sierras Centrales y Embalse de Alange (ES0000334), situada a menos de 800 metros, y su inclusión en la IBA 277 Alange, así como el funcionamiento continuo de la instalación, los focos de ruido y los venteos de aire enriquecido en oxígeno.
El órgano ambiental sostiene que el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000 y se apoya en el informe de afección a la Red Natura 2000 y a la biodiversidad CN26/3281, del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, favorable con medidas. Ese informe constata territorios de reproducción de águila perdicera, buitre leonado y águila real a más de 2 kilómetros y descarta que la nueva industria sea un factor de amenaza. Las alegaciones, según la resolución, quedan contestadas de forma implícita en las medidas preventivas y correctoras fijadas.
Condicionantes arqueológicos, hídricos y de vigilancia
El Servicio de Arqueología y Proyectos Estratégicos emitió informe favorable condicionado, al situarse la parcela dentro del yacimiento arqueológico emeritense y junto al trazado de la Vía de la Plata. El proyecto deberá aprobarse previamente por el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida y someterse a seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra, con excavación en caso de hallazgos.
En materia de aguas, la Confederación Hidrográfica del Guadiana informó que el arroyo del Pueblo discurre a unos 220 metros al sur, sin afección al dominio público hidráulico, y corresponde al Ayuntamiento de Mérida autorizar el vertido a la red municipal. La resolución exige además pantalla vegetal con especies autóctonas, control de ruido diurno y nocturno, prevención de la contaminación lumínica y un programa de vigilancia con informe general anual. El informe perderá su vigencia si el proyecto no se autoriza en el plazo de cuatro años desde su publicación.
El pronunciamiento despeja el principal trámite ambiental de una instalación llamada a suministrar nitrógeno de forma continua a los consumidores industriales del entorno de Mérida, evitando el aprovisionamiento externo por carretera. Para la ciudad, la resolución consolida la actividad industrial en Expaciomérida, pero mantiene sobre el promotor obligaciones estrictas de seguimiento arqueológico, acústico y de vertidos.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 191, de 2 de octubre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062449).