Diario Oficial de Extremadura · 24 Aug 2026 · 6 vistas
Luz verde ambiental a la planta de biogás de alperujos en Oliva de Plasencia
Por FactBox Admin

La Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio ha formulado el informe de impacto ambiental favorable a la planta de valorización de residuos (alperujos) para la producción de biogás que se proyecta en el término municipal de Oliva de Plasencia. La resolución, firmada el 14 de agosto de 2026 por el director general Juan Eloy Rodríguez Ucedo, concluye que no es previsible que el proyecto produzca impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no será necesario someterlo a evaluación de impacto ambiental ordinaria. El documento se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 163, de 24 de agosto de 2026, con referencia 2026062168 y expediente IA24/0025.
La promotora del proyecto es Desarrollos Bioenergéticos de Extremadura Alagón, SL, que presentó el documento ambiental el 14 de diciembre de 2023 ante la extinta Dirección General de Sostenibilidad, completado el 24 de abril de 2024. La actuación se encuadra en el anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de Extremadura, y en el anexo II, grupo 9, epígrafe b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Localización y características del proyecto
La planta se ubicará en la parcela 13 del polígono 533 de Oliva de Plasencia, con una superficie de 180.011 m², a la que se accede desde la carretera CC-212 y el camino del Pimpollar. La instalación se desarrollará en dos fases y tratará exclusivamente alperujos (código LER 02 03 01), con una capacidad máxima de 50.000 t/año (25.000 t/año en la primera fase).
- Digestato sólido previsto: 11.600 t/año.
- Digestato líquido previsto: 30.416 t/año.
- Dos balsas de alperujo de 25.000 m³ y una balsa de digestato líquido de 20.000 m³, impermeabilizadas con geomembrana de polietileno de alta densidad.
- Digestores tipo tritón y terciario, sistema de upgrading para obtener biometano y punto de inyección al gasoducto dentro de la parcela.
- Caldera de biomasa de hueso de aceituna de 351,5 kW y consumo de agua estimado de 5.000 m³/año.
Tramitación y consultas
Durante la tramitación se consultó a una decena de organismos y entidades, entre ellos el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, la Confederación Hidrográfica del Tajo, el Ayuntamiento de Oliva de Plasencia, la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana y organizaciones como Ecologistas en Acción, ADENEX y SEO/BirdLife. El ayuntamiento informó que la parcela se sitúa en suelo no urbanizable común, a 1.370 m del núcleo urbano, y que la actividad requerirá calificación rústica y autorización ambiental integrada. La Confederación Hidrográfica del Tajo señaló que la parcela se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible Embalse de Alcántara II, sin asentar sobre masas de agua subterránea.
Condiciones y seguimiento
El informe impone medidas correctoras sobre olores, ruidos, contaminación lumínica y protección de aguas subterráneas, con controles periódicos en los piezómetros cada tres años por organismo acreditado y anualmente por la empresa. También exige rampas de salida de fauna en las balsas, pantallas vegetales con especies autóctonas y que los camiones accedan por la CC-212 desde la autovía A-66 sin atravesar el municipio. El digestato podrá destinarse a fertilizante o a aplicación agrícola conforme al Real Decreto 1051/2022.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia si el proyecto no se autoriza en el plazo de cinco años desde su publicación, y no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que procedan frente al acto de autorización.
La resolución despeja el principal escollo administrativo para una instalación que dará salida a los alperujos de la comarca, un residuo agroindustrial de gestión compleja, y que producirá biometano y digestato reutilizable como fertilizante. Su puesta en marcha, no obstante, queda supeditada a la obtención de la calificación rústica, la autorización ambiental integrada y las licencias municipales.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, núm. 163, 24 de agosto de 2026, sección III Otras Resoluciones (referencia oficial: 2026062168, expediente IA24/0025).