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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 25 Aug 2026 · 6 vistas

Luz verde a la planta de purines de Agrolerida en Alcarràs

Por FactBox Admin

La Comisión de Territorio de Cataluña ha aprobado definitivamente el plan especial urbanístico autónomo de la planta de tratamiento y valorización de purines y otros subproductos orgánicos que Agrolerida, SL, quiere instalar en el polígono 5, parcela 66, del término municipal de Alcarràs. El acuerdo, adoptado en la sesión del 24 de marzo de 2026, se hizo público mediante el edicto del 17 de agosto de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9737, del 25 de agosto de 2026, con la referencia oficial CVE-DOGC-A-26230019-2026.

El expediente, con número 2021/074992/L, ha sido tramitado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida y se desarrolla en suelo no urbanizable, como planeamiento derivado que completa el Plan de ordenación urbanística municipal de Alcarràs. La aprobación se fundamenta en los artículos 68 y 85.3 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, y el documento ha superado el trámite ambiental preceptivo previsto en el artículo 86 bis y en la disposición transitoria decimoctava de este texto, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero.

Una planta en suelo no urbanizable

El ámbito del plan se califica con la clave ST (sistema de servicios técnicos y ambientales), con una pequeña franja vinculada al sistema ferroviario (clave PS). El uso admitido es el de servicio técnico para la gestión de deyecciones ganaderas y otros productos orgánicos, y queda excluido el tratamiento de aguas residuales como uso principal.

  • Ocupación y edificabilidad máximas: 3.871 m², en edificación aislada sobre parcela.
  • Altura reguladora: 10 m al alero, excepto en la nave de tratamiento de SANDACH, donde se establecen 12 m.
  • Separaciones mínimas: 10 m de las linderas de la finca y 15 m del eje de los caminos.
  • Número máximo de plantas: planta baja, con altura libre interior mínima de 2,50 m.

Ejecución en dos fases

El plan de etapas prevé una primera fase con las edificaciones e instalaciones básicas para poner en marcha la planta con dos digestores, en un plazo de unos 2 años desde la obtención de la licencia municipal. El resto de instalaciones y edificaciones se completarán de manera progresiva en un periodo estimado de unos 10 años, ajustable según la evolución de los sectores primarios y energéticos. El desarrollo corresponde a la iniciativa privada, y una vez publicada la aprobación y obtenida la autorización ambiental, se solicitará la licencia municipal mediante los correspondientes proyectos ejecutivos.

Medidas ambientales y de integración paisajística

Las normas urbanísticas incorporan un amplio paquete de medidas correctoras derivadas del estudio ambiental estratégico y del estudio de impacto e integración paisajística:

  • Limitación de la velocidad de vehículos y maquinaria (20 km/h en obra, 30 km/h en explotación) y concentración del movimiento de tierras de mayo a diciembre para no alterar el periodo de cría de la fauna.
  • Control de olores con umbral de inmisión restrictivo (C98, 1 hora = 1,5 ouE/m³), con posibilidad de coberturas flotantes o lonas en las balsas.
  • Autoproducción de energía renovable con placas fotovoltaicas en las cubiertas y mitigación de la pérdida de stock de carbono (29,91 toneladas de CO₂) con plantación de olivos.
  • Prohibición de vertidos de aguas residuales al medio, impermeabilización de los elementos susceptibles de contaminar y cumplimiento de la normativa de nitratos.

Recursos y consulta

Contra el acuerdo, que tiene carácter de disposición administrativa general, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el término de dos meses desde la publicación al DOGC. El expediente permanece depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña y se puede consultar telemáticamente, así como presencialmente en los servicios territoriales de Urbanismo.

La aprobación definitiva da luz verde a una infraestructura de gestión de desechos ganaderos en una de las comarcas con más densidad ganadera de Cataluña, con impacto directo para los vecinos de Alcarràs y del Segrià, que verán cómo la planta se despliega en suelo no urbanizable con un calendario de ejecución que se extiende durante la próxima década.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9737, de 25 d’agost de 2026, secció Disposicions generals (referència oficial: CVE-DOGC-A-26230019-2026).