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Diario Oficial de la República de Chile · 05 Nov 2026 · 4 vistas

Ley 21.846 crea el Día de la Teletón y el Encuentro Familiar

Por FactBox Admin

Ley 21.846 crea el Día de la Teletón y el Encuentro Familiar

El Diario Oficial de la República de Chile publicó este jueves 5 de noviembre de 2026, en su edición núm. 44.591, la Ley Núm. 21.846, que establece el Día Nacional de la Teletón y el Día Nacional del Encuentro Familiar. La norma aparece en la Sección I, bajo el epígrafe Normas Generales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, con la referencia oficial CVE 2898174. El texto fue promulgado el 29 de octubre de 2026 por el Presidente de la República, José Antonio Kast Rist, junto a la ministra María Jesús Wulf Le May.

La publicación se limita a cuatro artículos y no contempla financiamiento específico ni la creación de organismos nuevos. El Ejecutivo la remitió al Boletín con la fórmula habitual de sanción, tras consignar que el Congreso Nacional dio su aprobación al proyecto, y su conocimiento quedó a cargo del Subsecretario de Evaluación Social (S), Francisco Ramírez Gómez.

Las dos fechas conmemorativas

El calendario queda definido por dos reglas encadenadas, ambas de aplicación anual y alcance nacional:

  • El primer sábado del mes de noviembre de cada año se conmemora el Día Nacional de la Teletón, según el artículo 1.
  • El domingo inmediatamente siguiente y consecutivo a esa fecha se conmemora el Día Nacional del Encuentro Familiar, según el artículo 2.

Con esa regla, en 2026 —año en que el 1 de noviembre cayó en domingo— el Día Nacional de la Teletón corresponde al sábado 7 de noviembre y el Día Nacional del Encuentro Familiar al domingo 8 de noviembre.

La regla de desplazamiento

El artículo 3 incorpora una excepción expresa para los años en que el calendario incomoda la conmemoración: si el 1 de noviembre correspondiere a un día jueves, viernes o sábado, ambas conmemoraciones se efectuarán el fin de semana inmediatamente siguiente.

La disposición evita así que las dos jornadas queden pegadas al feriado de Todos los Santos y garantiza que la conmemoración se realice siempre en un fin de semana completo, con el sábado dedicado a la Teletón y el domingo al Encuentro Familiar.

Difusión a cargo del Ministerio

El artículo 4 asigna la promoción de ambas fechas al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que deberá impulsar su difusión y conocimiento público “dentro del marco de sus atribuciones y disponibilidad presupuestaria”.

Se trata de un mandato de promoción acotado: la ley no fija partidas, plazos ni obligaciones para otros servicios públicos, y sujeta la actividad de difusión a los recursos que la cartera ya tenga contemplados.

Tramitación y firmas

La ley fue sancionada en Santiago el 29 de octubre de 2026 y refrendada por las siguientes autoridades:

  • José Antonio Kast Rist, Presidente de la República.
  • María Jesús Wulf Le May, Ministra de Desarrollo Social y Familia.
  • José García Ruminot, Ministro Secretario General de la Presidencia.
  • Francisco Ramírez Gómez, Subsecretario de Evaluación Social (S), encargado de la transcripción.

El documento cuenta con firma electrónica avanzada y sellado de tiempo conforme a la ley N°19.799, según consigna el propio Boletín.

La Ley Núm. 21.846 da rango legal a una conmemoración que hasta ahora dependía de la práctica anual: al fijar por escrito el primer sábado de noviembre y el domingo siguiente, el calendario de la Teletón y del Encuentro Familiar queda a resguardo de cambios de gobierno o de criterio, y entrega al Ministerio de Desarrollo Social y Familia una tarea permanente de difusión. Para los lectores, la consecuencia práctica inmediata es que las dos jornadas de 2026 ya tienen fecha oficial: el 7 y el 8 de noviembre.


Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, núm. 44.591, jueves 5 de noviembre de 2026, Sección I (Normas Generales), pág. 1 (referencia oficial: CVE 2898174).