Boletín Oficial del País Vasco · 23 Sep 2026 · 11 vistas
La Presidencia del Gobierno Vasco destinará 70.000 euros a proyectos innovadores de las Casas Vascas
Por FactBox Admin

Ander Caballero Barturen, secretario general de Relaciones Exteriores y Euskadi Global, firmó la resolución 2026/3980 el 9 de septiembre, la cual ha sido publicada en el número 182 del BOPV del 23 de septiembre. La resolución establece las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de innovación destinados a Casas Vascas, federaciones y confederaciones, y realiza la convocatoria para 2026. El presupuesto total de la convocatoria es de 70.000 euros, con un máximo de 7.000 euros y un mínimo de 300 euros por proyecto.
El relevo generacional de la diáspora como objetivo
El objeto de la convocatoria es impulsar proyectos de naturaleza innovadora en el ámbito de la diáspora, para garantizar el relevo generacional y proyectar una imagen actualizada de la comunidad vasca global. De este modo, se pretende fortalecer la comunidad vasca en el exterior, siendo este uno de los objetivos estratégicos del Gobierno Vasco.
Estas subvenciones se convocan anualmente y están recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones coordinado para el periodo 2024-2027 de la Presidencia, aprobado mediante la resolución del 12 de febrero de 2024. Asimismo, están recogidas en el Plan Estratégico de Subvenciones anual de 2026, aprobado mediante la resolución del 26 de marzo de 2026.
La resolución se regulará conforme a lo dispuesto en la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, que regula el Régimen de Subvenciones. El Decreto 388/2024, de 26 de noviembre establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia, y corresponde al secretario general de Relaciones Exteriores y Euskadi Global realizar la convocatoria de subvenciones de su ámbito de competencia.
Proyectos innovadores y gastos subvencionables
Según la convocatoria, se consideran proyectos innovadores aquellos que amplían las actividades habituales de las casas vascas, ya sea en cuanto a las áreas de actuación (más allá de lo social, económico, humano o cultural), ya sea en cuanto a la introducción de nuevas ideas, productos, servicios o métodos. Las ayudas pretenden llevar a las casas vascas más allá del concepto de entorno de reunión tradicional, para convertirlas en nodos activos de tecnología, sostenibilidad e inclusión.
Entre los gastos subvencionables se encuentran:
- Gastos de personal (nóminas, seguridad social, dietas y otras compensaciones).
- Compra de materiales.
- Alquileres (espacios, escenografía).
- Publicidad y relaciones públicas.
- Transportes.
- Otros servicios externos.
- Otros gastos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad.
Criterios de valoración
La convocatoria se tramitará bajo el régimen de concurrencia competitiva, y se otorgarán un máximo de 80 puntos:
- Identificación de la necesidad, nivel de innovación y adecuación de la propuesta: máximo 30 puntos.
- Impacto previsto: máximo 20 puntos.
- Viabilidad del proyecto, según el nivel de autofinanciación: máximo 20 puntos.
- Perspectiva de género en los programas y actividades: máximo 10 puntos.
Plazos y trámites
- El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOPV.
- Las solicitudes deberán presentarse por vía electrónica, utilizando los sistemas de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública Vasca.
- Los proyectos deberán ejecutarse en el ejercicio 2026 y, en todo caso, deberán estar finalizados antes del 31 de diciembre.
- El plazo para resolver las ayudas es de seis meses, a contar desde el día en que la resolución de la convocatoria surta efectos.
- Una vez concedida la ayuda, se pagará el 75 %; el 25 % restante se abonará tras la justificación de la totalidad de la actividad.
- La justificación deberá presentarse en el plazo de seis meses desde la finalización de la actividad y, en todo caso, antes del 31 de marzo del siguiente ejercicio.
Reglamento de minimis y comisión de evaluación
Las ayudas recibidas por las casas vascas y federaciones ubicadas en territorio de la Unión Europea estarán sujetas al reglamento de minimis del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023. De acuerdo con dicho reglamento, el total de las ayudas concedidas a una persona jurídica o física no superará los 300.000 euros en cualquier periodo de tres años.
La comisión de evaluación estará compuesta por las siguientes personas:
- Gorka Ruiz de Azúa Gómez de Segura, técnico de la secretaría general de Relaciones Exteriores y Euskadi Global y presidente de la comisión.
- Estíbaliz Urcelay Erguido, técnica de la secretaría general, vocal.
- Caren Luisovna León Peraza, de la secretaría general, segunda vocal.
- Iñigo Duran Ibañez, de la secretaría general, secretario de la comisión.
Las tareas de gestión de las ayudas corresponden a la Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior. Contra la resolución, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Esta convocatoria busca que las casas vascas superen su actividad tradicional y respondan a los retos actuales, para garantizar el relevo generacional y la vitalidad de la comunidad. Aunque el presupuesto de 70.000 euros sea reducido, las ayudas de hasta 7.000 euros por proyecto pueden suponer un impulso notable para las asociaciones vascas en el exterior.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco, n.º 182, 23 de septiembre de 2026, Otras Disposiciones, orr. 1-10 (referencia oficial: 2026/3980).