Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava · 21 Oct 2026 · 1 vistas
Álava abre la convocatoria de ayudas para viñedos históricos con 345.174 euros
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno Foral de la Diputación Foral de Álava ha aprobado el Decreto Foral 33/2026, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de una ayuda específica para el fomento de la conservación y el mantenimiento de los viñedos históricos y remarcables del Territorio Histórico de Álava y se aprueba la convocatoria para 2026. La disposición, impulsada por el Departamento de Agricultura, se publica en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) número 121, correspondiente al miércoles 21 de octubre de 2026, con una reserva de crédito de 345.174,36 euros.
La nueva norma nace de la confluencia de dos regímenes que hasta ahora convivían por separado. Por un lado, el Decreto Foral 19/2025, de 3 de junio, regulaba la ayuda a los viñedos remarcables incluidos en el catálogo aprobado por el Decreto Foral 16/2025, de 20 de mayo. Por otro, desde 2018 se venía concediendo una línea para los viñedos denominados “viejos”, plantados hasta 1965 inclusive, regulada por el Decreto Foral 30/2018, de 26 de junio, y modificada sucesivamente por los decretos forales 19/2020, 14/2021 y 11/2025.
El texto justifica la fusión en la necesidad de evitar “la duplicidad y confusión” que generaban dos convocatorias diferenciadas para un mismo objetivo y en la constatación de que la línea anterior “ha sido un acicate para contener el arranque de los viñedos viejos, pero no ha sido suficiente”. La exposición de hechos subraya que la baja productividad, las marras, los marcos estrechos y la topografía quebrada han empujado el arranque y la replantación de estas parcelas, pese a ser “una parte fundamental del conjunto productivo del viñedo de Rioja Alavesa”.
Primas de 150 a 600 euros por hectárea
La ayuda consiste en el pago de una prima por hectárea de viñedo ubicado en el Territorio Histórico de Álava, destinada a cubrir los costes o la reducción de ingresos derivada del mantenimiento de estas plantaciones. Las cuantías quedan escalonadas según la categoría de catalogación:
- Viñedos Viejos: 150 euros por hectárea.
- Viñedos Remarcables: 300 euros por hectárea.
- Viñedos Notables: 450 euros por hectárea.
- Viñedos Monumentales: 600 euros por hectárea.
La convocatoria de 2026 fija un importe máximo de 10.000 euros por explotación agraria y se financia con cargo a la partida 40104. G/419401/47900408 “Mantenimiento Viñedos Remarcables” del presupuesto de gastos de la Diputación para el ejercicio. Ese crédito podrá incrementarse conforme al artículo 21 de la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, sin que el aumento supere el 100 por cien de la cantidad inicialmente reservada.
Diez días hábiles y sede electrónica
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOTHA. Los interesados pueden presentar sus peticiones en:
- El Registro General de la Diputación Foral de Álava.
- El registro de las Oficinas de Hacienda de Vitoria-Gasteiz, Laguardia y Llodio.
- Cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La presentación telemática a través de la sede electrónica https://www.araba.eus/MahastiAraba/ es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan actividad profesional con colegiación obligatoria y quienes representen a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente con la administración.
Requisitos y reparto del crédito
Podrán acogerse a la línea las personas físicas y jurídicas titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Álava, al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin viñedos irregulares y que no hayan solicitado el arranque de la parcela para la que piden la ayuda. Las parcelas deben estar inscritas en el Registro Vitícola de Álava y en el catálogo de viñedos históricos y remarcables, y mantenerse con labores de cultivo que incluyan al menos el mantenimiento del suelo y una poda.
El procedimiento de catalogación de 2026 concluyó con la Orden Foral 256/2026, de 20 de agosto, publicada en el BOTHA número 98, de 28 de agosto de 2026, que revisó y actualizó las catalogaciones anteriores conforme al Decreto Foral 25/2026, de 14 de julio. La instrucción de los expedientes corresponde al Servicio de Viticultura y Enología, y la valoración a un órgano colegiado integrado por la jefatura de ese servicio, una persona técnica del mismo y la jefatura del Servicio de Secretaría Técnica de Agricultura.
La concesión se resuelve en concurrencia con el límite del crédito disponible, con prorrateo si las peticiones superan la dotación. Quedan excluidas del prorrateo, percibiendo el importe íntegro, las explotaciones cuya titularidad sea de una mujer, de titularidad compartida o de una persona jurídica con al menos el 50 por ciento de participaciones en manos de mujeres, en aplicación del artículo 15.c de la Ley 8/2015, de 8 de octubre, del Estatuto de la Mujer Agricultora. El plazo máximo para dictar y notificar resolución es de seis meses desde el fin del plazo de solicitudes, con silencio administrativo desestimatorio.
El decreto deroga expresamente el Decreto Foral 19/2025 y el Decreto Foral 30/2018 con sus modificaciones, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOTHA. El texto aparece firmado por el Diputado General, Ramiro González Vicente, la Diputada Foral de Agricultura, Noemí Aguirre Quintana, y el Director de Agricultura, David Fernández Sarabia.
La convocatoria llega en un momento en que el viñedo viejo de Rioja Alavesa afronta una sustitución paulatina por plantaciones jóvenes más productivas. Con esta línea unificada, el sector vitivinícola de la comarca dispone de un marco único de apoyo para conservar parcelas de alto valor genético, paisajístico y enológico, aunque el margen de actuación queda acotado por un plazo de solicitud de solo diez días hábiles y por un crédito que se repartirá en concurrencia.
Fuente: Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA), núm. 121, de 21 de octubre de 2026, sección I, pág. 1 (referencia oficial: 2026-02923).