Boletín Oficial de Aragón · 27 Oct 2026 · 5 vistas
Las bibliotecas públicas de Aragón adelantan la flexibilidad horaria a las 7:30
Por FactBox Admin

El Gobierno de Aragón ha modificado el horario de trabajo del personal de la Biblioteca de Aragón y de las Bibliotecas Públicas del Estado en Zaragoza, Huesca y Teruel para adelantar a las 7:30 horas el inicio de la flexibilidad horaria y fijar el cómputo de las mañanas de los sábados. La medida se contiene en la Orden HAP/1536/2026, de 30 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) número 208, de 27 de octubre de 2026, en su Sección I de Disposiciones Generales (referencia BOA20261027001), y entra en vigor el 28 de octubre.
La norma, firmada por el consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, Roberto Bermúdez de Castro Mur, modifica el artículo 3 de la Orden de 28 de septiembre de 2015, que regula el horario del personal de estos centros. Hasta ahora la flexibilidad se extendía de lunes a viernes entre las 8:00 y las 21:30 horas y los sábados por la mañana de 8:30 a 14:00; con el nuevo texto la franja comienza media hora antes y se amplía el margen del sábado.
El cambio da cumplimiento al acuerdo alcanzado el 12 de junio de 2024 en el seno de una Mesa Técnica constituida el 28 de febrero de 2024 para estudiar el horario del personal adscrito a las bibliotecas del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Ese acuerdo se presentó en la Mesa Sectorial de Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón del 22 de mayo de 2025, y la orden se dicta previo acuerdo de la mayoría de las organizaciones sindicales presentes en ese órgano.
Presencia obligada y nuevas franjas de flexibilidad
El nuevo artículo 3 mantiene la jornada de lunes a viernes en dos turnos rotatorios o fijos, de mañana o de tarde, y los sábados por la mañana, con estos tramos:
- Presencia obligada de lunes a viernes: de 9:00 a 15:00 o de 15:00 a 21:00 horas, según el turno.
- Presencia obligada los sábados: de 9:00 a 14:00 horas.
- Flexibilidad de lunes a viernes: de 7:30 a 21:30 horas (antes desde las 8:00).
- Flexibilidad los sábados por la mañana: de 8:30 a 14:30 horas (antes hasta las 14:00).
El resto del horario hasta completar la jornada se realizará en régimen de flexibilidad de acuerdo con el responsable de la unidad, con el fin de garantizar que las necesidades del servicio queden cubiertas.
Cómputo de los sábados y descanso semanal
La orden introduce una regulación específica del cómputo de las horas trabajadas los sábados por la mañana: esas horas se computarán aplicando un factor multiplicador de 2. Del total de horas generadas, con un mínimo de 10 horas, 7 horas y 30 minutos corresponderán al descanso semanal; el resto se incluirá en la bolsa de exceso horario.
El día de libre disposición generado por la prestación de servicios en sábado se disfrutará en las dos semanas inmediatamente posteriores, en lunes o viernes y por turno rotatorio, salvo necesidades del servicio debidamente justificadas.
Calendario de apertura y vigencia
La Dirección General competente en materia de cultura podrá fijar el calendario anual de apertura de la Biblioteca de Aragón y de las Bibliotecas Públicas del Estado de Zaragoza, Huesca y Teruel, con determinación de los días de cierre al público, previa negociación con las personas representantes legales de las personas trabajadoras.
El personal que no realiza funciones de atención a las personas usuarias seguirá rigiéndose por la Orden de 11 de septiembre de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, en la redacción dada por la Orden HAP/735/2024, de 3 de julio. La orden se adecua al artículo 37.1.m) y al artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y a la estructura orgánica fijada por el Decreto 127/2026, de 22 de julio.
La norma afecta directamente a las plantillas de cuatro centros públicos de referencia en Aragón y llega tras más de dos años de negociación. Además de adelantar media hora la entrada flexible, el texto aclara por escrito cómo se compensan los sábados, una de las demandas históricas del personal de atención al público.
Fuente: Boletín Oficial de Aragón, nº 208, de 27 de octubre de 2026, Sección I. Disposiciones Generales (referencia oficial: BOA20261027001).