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Boletín Oficial de Canarias · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Lanzarote prorroga seis meses la emergencia hídrica en sus islas

Por FactBox Admin

El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote ha aprobado la tercera prórroga de la declaración de situación de emergencia hídrica en las islas de Lanzarote y La Graciosa por un plazo de seis meses. El acuerdo, adoptado en la sesión ordinaria de la Junta General celebrada el viernes 31 de julio de 2026, se ha hecho público mediante anuncio de 18 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de Canarias número 174, de 31 de agosto de 2026, con referencia de expediente 496-2026.

La prórroga responde a la petición motivada del Consorcio del Agua de Lanzarote y se sustenta en los artículos 199.2 y 199.3 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico de Canarias, aprobado por el Decreto 86/2002, de 2 de julio, y en el artículo 107 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias. El nuevo periodo de vigencia se computa desde el 4 de febrero de 2026.

Antecedentes de la declaración

La situación de emergencia hídrica fue declarada inicialmente por Acuerdo de la Junta General de 14 de enero de 2025 y publicada el 4 de febrero de 2025 en el Boletín Oficial de Canarias número 23. Desde entonces ha sido objeto de prórrogas sucesivas:

  • Primera prórroga por seis meses mediante la Resolución de la Vicepresidencia n.º 2025-0329, de 1 de agosto de 2025.
  • Ratificación por Acuerdo de la Junta General de 15 de octubre de 2025, publicada el 7 de noviembre de 2025 en el Boletín Oficial de Canarias número 222.
  • Tercera prórroga, la ahora aprobada, por seis meses contados desde el 4 de febrero de 2026.

Medidas y efectos jurídicos

Con la nueva prórroga se mantienen vigentes todas las medidas adoptadas en la declaración original de emergencia hídrica. El acuerdo incorpora además dos efectos jurídicos relevantes para la gestión del agua en el territorio insular:

  • La declaración implícita de utilidad pública o interés social de las actuaciones necesarias.
  • La habilitación para la expropiación de bienes o derechos, una vez cumplido el trámite de necesidad de la ocupación, siempre que la adopción de las medidas lo requiera.

Publicación y difusión

El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento de todos los afectados, por razón de interés público, en aplicación del artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se difundirá en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. El anuncio está firmado en Arrecife el 18 de agosto de 2026 por el Vicepresidente, Domingo Manuel Cejas Curbelo.

La tercera prórroga confirma que la escasez de agua sigue siendo un problema estructural en Lanzarote y La Graciosa, donde el abastecimiento depende de medidas extraordinarias. Para los vecinos y las empresas de las islas, la vigencia de la emergencia implica que las restricciones y los mecanismos de intervención sobre el dominio público hidráulico se mantienen al menos hasta febrero de 2027, con la posibilidad de expropiación de bienes para garantizar el suministro.


Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 174, 31 de agosto de 2026, V. Anuncios, Otros anuncios, pág. 33698 (referencia oficial: expediente 496-2026).