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BOP de Toledo · 01 Sep 2026 · 1 vistas

La Torre bonifica al 95% la plusvalía en herencias familiares

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de La Torre de Esteban Hambrán ha elevado a definitiva la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), la conocida como plusvalía municipal. El acuerdo, adoptado tras no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, número 166, de 1 de septiembre de 2026, página 17, con referencia N.º I.- 3865.

La reforma suprime el mínimo de 20 euros que se exigía como cuota líquida tras aplicar la bonificación y mantiene intacta la bonificación del 95% de la cuota íntegra para las transmisiones por causa de muerte a favor de los familiares directos. El texto se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Qué cambia en el artículo 8

La modificación afecta únicamente al artículo 8 de la ordenanza. Se elimina el último párrafo, que establecía que la cuota líquida resultante tras aplicarse la bonificación sobre la cuota íntegra sería, como mínimo, de 20 euros. Con esta supresión, la bonificación del 95% se aplica sin cuantía mínima de recaudación.

El artículo 8 queda redactado con el siguiente alcance de la bonificación, que se aplica en las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de:

  • los descendientes y adoptados;
  • los cónyuges;
  • los ascendientes y adoptantes.

Tramitación y recursos

El acuerdo plenario inicial se sometió a exposición pública sin que se presentara ninguna reclamación, por lo que quedó automáticamente elevado a definitivo. Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El anuncio aparece firmado en La Torre de Esteban Hambrán el 24 de agosto de 2026 por el alcalde, Francisco Javier Merino Molinet.

Impacto para los vecinos

Con esta modificación, los vecinos de La Torre de Esteban Hambrán que reciban una vivienda o terreno en herencia de un familiar directo pagarán únicamente el 5% de la cuota íntegra de la plusvalía, sin que el ayuntamiento exija ya una cuota mínima de 20 euros. La medida reduce la carga fiscal sobre las transmisiones mortis causa dentro del núcleo familiar y simplifica la aplicación de la bonificación, en línea con la tendencia de los municipios de la provincia de Toledo a aliviar el coste de las herencias.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, número 166, 1 de septiembre de 2026, pág. 17 (referencia oficial: N.º I.- 3865).