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Diario Oficial El Peruano · 05 Oct 2026 · 19 vistas

La SBS abre consulta pública del Reglamento General de Finanzas Abiertas

Por FactBox Admin

La SBS abre consulta pública del Reglamento General de Finanzas Abiertas

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) abrió la consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas, la norma que definirá cómo se intercambian los datos financieros de los usuarios. La decisión se oficializó mediante la Resolución SBS N° 02433-2026, publicada en el Diario Oficial El Peruano el lunes 5 de octubre de 2026, y otorga al público un plazo de dieciocho (18) días calendario para presentar comentarios y observaciones.

El artículo primero de la resolución autoriza la difusión del proyecto en la Sede Digital de la SBS (www.sbs.gob.pe), mientras que el artículo segundo fija el plazo de dieciocho (18) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano. El documento lleva la firma del superintendente Sergio Javier Espinosa Chiroque y fue emitido en Lima el 2 de octubre de 2026.

La SBS sustenta la iniciativa en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, que regula la publicación de proyectos normativos, y en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que consagra el principio de participación de los administrados en las decisiones públicas. También invoca el reglamento sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS.

Qué regulará el nuevo reglamento

Según los considerandos, la Superintendencia considera necesario emitir disposiciones generales que regulen la implementación y el funcionamiento del Sistema de Finanzas Abiertas. El proyecto comprende:

  • Los mecanismos de gobernanza del sistema.
  • El alcance de los datos y servicios comprendidos.
  • Las condiciones de participación de las entidades.
  • Las disposiciones aplicables al acceso, intercambio y tratamiento de la información.
  • El control de los usuarios sobre sus propios datos.

La SBS justifica la medida en el desarrollo de los modelos de finanzas abiertas y en los beneficios asociados a su implementación en términos de innovación, competencia e inclusión financiera.

Cómo y dónde participar

Los comentarios y observaciones deben remitirse a la SBS a través de su Sede Digital (www.sbs.gob.pe), donde se publica el proyecto normativo completo. El plazo corre desde el día siguiente a la publicación de la Resolución SBS N° 02433-2026 en el Diario Oficial El Peruano.

La resolución cuenta con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Jurídica y del Departamento de Finanzas Abiertas, áreas que respaldan técnicamente la propuesta.

Antecedentes inmediatos

La consulta se suma a otras actuaciones de la SBS en la materia. El 29 de setiembre de 2026, la Resolución SBS N° 02378-2026 autorizó la difusión en consulta pública de un proyecto de modificación del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito.

Ese mismo día, la Resolución SBS N° 02388-2026 autorizó el viaje de Milton Gener Palacin Grijalva, analista principal en Finanzas Abiertas II del Departamento de Finanzas Abiertas, para participar en el lanzamiento del Sandbox Tecnológico para Finanzas Abiertas de Chile, organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de Chile.

El reglamento en consulta definirá las reglas del intercambio de datos financieros en el Perú y alcanza a bancos, financieras, fintech y a los propios clientes del sistema, que ganarán control formal sobre el uso de su información. La apertura del plazo convierte a la SBS en el árbitro de un mercado de datos que hasta ahora operaba sin marco general, por lo que las observaciones que se presenten en las próximas semanas marcarán el alcance real de la norma.


Fuente: Diario Oficial El Peruano, lunes 5 de octubre de 2026, sección Normas Legales, pág. 22 (referencia oficial: Resolución SBS N° 02433-2026).