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Boletín Oficial de La Rioja · 04 Nov 2026 · 3 vistas

La Rioja concede 44.000 euros a ocho escuelas municipales de música

Por FactBox Admin

La Rioja concede 44.000 euros a ocho escuelas municipales de música

El Gobierno de La Rioja ha resuelto la concesión de subvenciones a ocho ayuntamientos riojanos que sostienen escuelas municipales de música durante el curso escolar 2025/2026, por un importe conjunto de 44.000 euros. La decisión corresponde a la Dirección General de Gestión Educativa, que firma la Resolución 45/2026, de 21 de octubre, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 213 de este miércoles 4 de noviembre, en la sección III (Otras disposiciones y actos), con referencia oficial BOR-A-20261104-III–4134.

De la convocatoria de marzo a la resolución definitiva

La convocatoria que da origen a estas ayudas se aprobó mediante la Resolución 31/2026, de 26 de marzo, de la Consejería de Educación y Empleo, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 66, de 9 de abril. Las bases reguladoras aplicables son las de la Orden 3/2007, de 7 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, en materia de promoción educativa.

La tramitación se completó con estos hitos:

  • 28 de septiembre de 2026: acta de la Comisión de Valoración.
  • 29 de septiembre de 2026: informe de la Comisión de Valoración.
  • 30 de septiembre de 2026: propuesta de resolución de concesión provisional.
  • 15 de octubre de 2026: informe propuesta del Servicio de Becas, Estadística y Participación Educativa.
  • 19 de octubre de 2026: informe de fiscalización de la Intervención Delegada.

El marco jurídico invocado incluye la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público autonómico; y la Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2026.

Ocho ayuntamientos y 5.500 euros por entidad

La parte dispositiva concede la subvención a las siguientes entidades locales municipales, con el siguiente reparto:

  • Ayuntamiento de Logroño (NIF P2608900C): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada (P2613800H): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Alfaro (P2601100G): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Rincón de Soto (P2612500E): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Pradejón (P2611700B): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de San Asensio (P2612900G): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Autol (P2602100F): 5.500,00 euros.
  • Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro (P2600800C): 5.500,00 euros.

El gasto se dispone con cargo a la partida presupuestaria 2026.GG.08.04.3211.461.00, formalizando el correspondiente documento contable D. Además, se libera un crédito total de 1.000 euros mediante documento contable A/, que revierte al crédito general de la partida correspondiente. La resolución considera la propuesta como definitiva porque los beneficiarios han obtenido el importe máximo que pueden recibir según la convocatoria.

Justificación del gasto y control posterior

Para percibir la ayuda, los ayuntamientos deberán justificar un gasto en la actividad subvencionada igual o superior al del presupuesto de ejecución material presentado junto a su solicitud y considerado subvencionable conforme a la Orden 3/2007. Las entidades quedan sometidas a las actuaciones de comprobación de la Consejería de Educación y Empleo y deben comunicar a la Dirección General de Gestión Educativa la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

La resolución se traslada a la Consejería de Hacienda y Gobernanza Pública, Sociedad digital y Portavocía del Gobierno a los efectos oportunos y se notifica a los beneficiarios. Contra ella cabe recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y a los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

El documento está firmado en Logroño a 21 de octubre de 2026 por el Director General de Gestión Educativa, Luis Manuel Herce Díez, en virtud de la delegación otorgada por la Resolución 75/2024, de 11 de julio.

La financiación de las escuelas municipales de música depende en buena medida de estas aportaciones autonómicas: el reparto publicado garantiza a los ocho consistorios riojanos una cantidad fija por entidad para afrontar los gastos generales de sus centros durante el curso 2025/2026 y fija, al mismo tiempo, las obligaciones de justificación que condicionan el cobro efectivo de los 44.000 euros.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 213, 4 de noviembre de 2026, sección III (Otras disposiciones y actos), págs. 18717-18718 (referencia oficial: BOR-A-20261104-III–4134).