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Diario Oficial de Extremadura · 11 Sep 2026 · 3 vistas

La Junta ejecuta sentencia que obliga a modificar recintos en el SIGPAC

Por FactBox Admin

La Junta ejecuta sentencia que obliga a modificar recintos en el SIGPAC

La Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura ha dispuesto la ejecución de la sentencia firme n.º 442/2026, de 13 de julio, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que estima el recurso de Canto Vichés Titularidad Compartida contra la denegación de cambios de recintos por falta de inscripción en el REGA. La resolución se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 176, de 11 de septiembre de 2026, con referencia 2026062301.

El litigio se remonta a la Resolución de 13 de octubre de 2023, del Director General de Política Agraria Comunitaria, que desestimó los cambios solicitados en los recintos 10/8/0/0/16/20/1 y 10/8/0/0/16/21/1, alegando como causa la ausencia de inscripción de las parcelas en el REGA. Contra ella se interpuso recurso de alzada, desestimado por Resolución de 25 de septiembre de 2025, lo que llevó al recurso contencioso-administrativo tramitado como procedimiento ordinario n.º 613/2025.

Marco normativo de la ejecución

La ejecución se ampara en el artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, que atribuye la ejecución material de sentencias firmes al órgano competente por razón de la materia. Completan el marco el Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, cuyo artículo 9.1 obliga al titular del órgano a dictar la resolución de cumplimiento y cuyo artículo 9.3 considera suficiente la inserción en el boletín oficial con los datos de demandante y demandado, el número de autos y el contenido del fallo.

El fallo y sus efectos

La parte dispositiva de la sentencia estima el recurso interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Ärias Aguirrezabala, en representación de Canto Vichés Titularidad Compartida, contra la resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Política Agrarias y Territorio, dejándola sin efecto y declarando el derecho a la modificación en el SIGPAC pretendida. Además, se condena a la demandada al pago de las costas procesales causadas.

  • Órgano ejecutor: Dirección General de Política Agraria Comunitaria.
  • Sentencia: n.º 442/2026, de 13 de julio de 2026, firme.
  • Procedimiento: ordinario n.º 613/2025.
  • Recintos afectados: 10/8/0/0/16/20/1 y 10/8/0/0/16/21/1.
  • Firma: Mérida, 31 de agosto de 2026, por el Director General Miguel Gutiérrez Creus.

Relevancia para el sector agrario

La resolución corrige un criterio administrativo que condicionaba la modificación de recintos en el SIGPAC a la previa inscripción de las parcelas en el REGA, y sienta un precedente para los titulares de explotaciones que se encuentren en situación similar. Al tratarse de una sentencia firme con condena en costas, la Junta de Extremadura queda obligada a dar pleno efecto al fallo, lo que refuerza la seguridad jurídica de los agricultores y ganaderos en la gestión de sus recintos y en el acceso a las ayudas de la política agraria comunitaria.


Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n.º 176, 11 de septiembre de 2026, sección III (referencia oficial: 2026062301).