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Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 26 Oct 2026 · 1 vistas

La Junta de Expurgo destruirá expedientes judiciales dañados por las danas

Por FactBox Admin

La Junta de Expurgo destruirá expedientes judiciales dañados por las danas

La Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunitat Valenciana ha acordado la destrucción controlada de la documentación judicial irrecuperable dañada por la dana de 2019 en la sede judicial de Orihuela y por la dana de 2024 en las oficinas de justicia de Aldaia, Alfafar y Picanya. El acuerdo se adoptó en la sesión celebrada en València el 18 de junio de 2026 y se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10479, de 26 de octubre de 2026, sección V (Anuncios), con la referencia oficial DOGV-C-2026-31916.

El anuncio lo firma Pedro Luis Viguer Soler, presidente de la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de la Comunitat Valenciana, con fecha de València, 10 de septiembre de 2026, y se emite en virtud del artículo 16 del Real decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales. La resolución se apoya también en los artículos 17.3, 18 y 20 de esa misma norma y en el Decreto 61/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de la Junta de Expurgo (artículos 8 a), b) y c) y 12.1).

El alcance del acuerdo no se limita a los papeles anegados: la Junta declara terminados los expedientes de los partidos judiciales de València y provincia (apartado A, anexos I a XXVI), Castelló de la Plana y provincia (apartado B, anexos I a IX) y Alicante y provincia (apartado C, anexos I a XXII), presentados por los responsables de los órganos judiciales correspondientes.

Destrucción de la documentación anegada

El primer bloque del acuerdo autoriza la destrucción controlada de la documentación irrecuperable afectada por la dana de 2019 en la sede judicial de Orihuela, custodiada en el archivo de Alicante, conforme a las relaciones documentales aportadas por los juzgados de esa sede (apartado D, anexos I a III).

El segundo bloque afecta a la documentación irrecuperable de la dana de 2024 en las oficinas de justicia de Alfafar, Aldaia y Picanya, según las relaciones presentadas por esas mismas oficinas (apartado A, anexos III y IV). En el listado de anexos figuran expresamente los de Aldaia (anexo III), Alfafar (anexo IV) y Picanya (anexo XVIII).

Eliminación parcial y total de expedientes

La resolución ordena la eliminación parcial de expedientes en las siguientes materias:

  • Sección de Instrucción: diligencias indeterminadas, preparatorias, previas y urgentes, juicios de faltas, procedimiento abreviado, delitos leves y leves inmediatos.
  • Sección Civil: actos de conciliación, monitorios, resto de asuntos civiles y ejecuciones.
  • Sección de lo Social: ejecuciones y expedientes de los juzgados de lo social, incluidos los registrados como enfermedad laboral o profesional.
  • Sección de lo Penal: procedimientos abreviados y ejecutorias de procedimiento abreviado, ambos con archivo definitivo.
  • Sección de lo Contencioso: procedimiento ordinario y abreviado.
  • Sección de Vigilancia Penitenciaria: expedientes de vigilancia penitenciaria.
  • Audiencia Provincial: en asuntos penales, procedimientos abreviados con archivo definitivo, rollos de apelación y ejecutorias; en asuntos civiles, rollos de apelación.
  • Sala de lo Social del TSJ: recursos contra autos y sentencias.
  • Sala de lo Contencioso del TSJ: procedimientos ordinarios y abreviados y recursos de apelación.

Además, se acuerda la eliminación total de los expedientes de ejecutorias de juicios de faltas. La muestra de expedientes se transferirá al Arxiu Històric de la Comunitat Valenciana, al Archivo Histórico Provincial de Castellón, al Archivo Histórico Provincial de Alicante y al Archivo del Reino, en concreto la correspondiente a los procedimientos incoados en los años terminados en cero.

Qué se conserva de forma permanente

Frente a las eliminaciones, la Junta fija una lista de series de conservación permanente: habeas corpus, peligrosidad social, sumarios, procedimientos de violencia sobre la mujer (VSM), asuntos de familia, infancia y capacidad (FIC), procedimientos contencioso-administrativos de protección de derechos fundamentales y en materia electoral, rollos y ejecutorias de menores, procedimientos abreviados por delitos de corrupción y por violencia sobre la mujer, y tribunal del jurado.

También se declaran de conservación permanente todos los procedimientos hasta el año 1940 incluido y todos los asuntos referidos al período de la Guerra Civil. Los expedientes con valor histórico-documental se transferirán a la administración competente en materia de patrimonio histórico, conforme al artículo 18.1 del Real decreto 937/2003.

Dos meses para recuperar los documentos aportados

Los interesados disponen de un plazo de dos meses desde la publicación del anuncio para recuperar los documentos que en su día aportaron al proceso. Podrán consultar los tablones de anuncios en la sede del Archivo Judicial Territorial de Riba-roja de Túria (Valencia), en la avenida dels Hostalers, s/n, polígono industrial Riba-roja, sector 13, 46190, así como en los órganos judiciales correspondientes.

La petición debe formularse por escrito ante el secretario de la Junta en la Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación, Dirección General de Justicia y Autogobierno, Servicio de Gestión Administrativa y Formación, Ciudad Administrativa Nou d’Octubre, calle de la Democracia, 77, torre 4.ª planta 1.ª, 46018 València, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Transcurrido el plazo sin que se haya promovido la devolución, los interesados quedarán decaídos en su derecho.

La publicación de este anuncio tiene consecuencias directas para miles de justiciables con causas antiguas en la Comunitat Valenciana: quienes tuvieran documentación propia en expedientes afectados por las inundaciones o incluidos en el expurgo ordinario de los ejercicios 2025 y 2026 deben actuar dentro de esos dos meses o perder definitivamente la posibilidad de recuperarla.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), núm. 10479, de 26 de octubre de 2026, sección V (Anuncios), Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación (referencia oficial: DOGV-C-2026-31916).