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Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 15 Oct 2026 · 5 vistas

La Generalitat subvenciona con 500.000 euros el deporte local tras la dana

Por FactBox Admin

La Generalitat subvenciona con 500.000 euros el deporte local tras la dana

La Generalitat ha concedido una subvención nominativa de 500.000 euros al Consorcio Esportshorta para impulsar el deporte local en las zonas afectadas por la dana y mejorar la resiliencia de las instalaciones deportivas, en el marco del plan «Endavant». La resolución, de 8 de octubre de 2026, la firma el director general de Deporte, Luis Cervera Torres, por delegación de competencias, y se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10471, de 15 de octubre de 2026, con la referencia oficial DOGV-C-2026-32122.

La ayuda se ampara en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 168.1.A) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, que permiten conceder de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos. La línea figura en la Ley 4/2026, de 22 de julio, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026, con el código S2186 y la denominación «Impulso del deporte local en las zonas afectadas por la dana», dentro del programa 457A00 y de la aplicación presupuestaria G01050408.

El origen de la medida es el Plan de recuperación y reconstrucción de la Comunitat Valenciana, plan «Endavant», aprobado por acuerdo del Consell de 31 de julio de 2025. En su pilar de tejido social y comunitario recoge el objetivo de impulsar el deporte local y el de mejorar la resiliencia de las instalaciones deportivas ante futuras inundaciones. La línea S2186 está incluida además en el Plan estratégico de subvenciones de la Presidencia de la Generalitat para el periodo 2024-2026.

Una ayuda singular para dieciocho municipios

La resolución justifica la concesión directa por el carácter «particular y único» de la entidad beneficiaria, de la que forman parte 18 municipios, entre ellos los más castigados por la dana del 29 de octubre de 2024. El Consorcio Esportshorta —consorcio para la gestión de recursos, actividades y servicios en el ámbito deportivo de l’horta— tiene el CIF P4600090G y se constituyó en 2005.

Sus fines declarados son optimizar los recursos públicos destinados a la promoción de actividades físico-deportivas y ofrecer una oferta deportiva mancomunada que complemente la de cada población. Entre sus líneas de actuación figuran:

  • Fomentar hábitos deportivos en niños, jóvenes, adultos y personas mayores.
  • Favorecer la relación social entre los ayuntamientos participantes a través del deporte.
  • Garantizar la continuidad y el crecimiento de la oferta deportiva local y comarcal.
  • Impulsar actividades específicas que no reúnen demanda suficiente en un solo municipio.
  • Difundir el uso de las instalaciones deportivas municipales de la comarca.
  • Mejorar la formación de técnicos y operarios de las instalaciones.

Once actuaciones hasta agosto de 2027

El plan de actuación presentado a la Dirección General de Deporte detalla once actuaciones vinculantes, orientadas a los objetivos D.05 y D.06 del plan «Endavant»:

  • Adquisición y mejora del equipamiento deportivo municipal, excluyendo inversiones y bienes inventariables.
  • Encuentros deportivos intermunicipales: escuelas, personas mayores, ring ring bici, grand prix familiar, fomento de la pilota y juegos tradicionales.
  • Programa salud y ciudadanía.
  • Comunicación, imagen, redes sociales y merchandising.
  • Consejo Local Consorciado y Gala del Deporte del Consorcio.
  • Manual técnico de organización de eventos deportivos.
  • Manual de buenas prácticas de diseño y construcción de instalaciones deportivas.
  • Libro de mantenimiento de infraestructuras deportivas.
  • Guía técnica de diseño, construcción y mantenimiento de infraestructuras deportivas en zonas inundables.
  • Manual técnico de normativa de instalaciones deportivas.
  • Redacción y facilitación de cartelería en instalaciones deportivas.

Los gastos subvencionables deberán realizarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027, y solo se admiten gastos corrientes. Quedan excluidas las obras y las inversiones, el equipamiento inventariable, las indemnizaciones por despido, los gastos financieros y las sanciones, entre otras partidas.

Pago anticipado y control de la ayuda

La subvención se abonará de forma anticipada, por el 100 % del importe concedido y sin necesidad de garantía, al amparo de las excepciones previstas en la Ley 4/2026. La justificación de la finalidad y de la aplicación de los fondos deberá presentarse telemáticamente antes del 30 de septiembre de 2027.

La gestión y el control corresponden a la Subdirección General de Coordinación y Apoyo Técnico para la Recuperación Económica y Social de la Comunitat Valenciana en Materia de Deporte, bajo la supervisión de la Dirección General de Deporte. La entidad deberá comunicar cualquier otra ayuda recibida y mantener la imagen corporativa de la Generalitat y del plan «Endavant» en todas las actividades.

La conformidad con la subvención se entiende otorgada si el consorcio no renuncia expresamente en el plazo de diez días hábiles desde la publicación. Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

La ayuda no requiere notificación a la Comisión Europea, al considerar la Generalitat que no constituye una ayuda de Estado conforme al artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El impacto de la medida es doble: sostiene la actividad deportiva municipal en un territorio todavía en reconstrucción y financia herramientas técnicas para que las instalaciones deportivas resistan mejor futuras inundaciones. Los 500.000 euros se destinan a gastos corrientes, de modo que el consorcio podrá contratar programas, publicaciones y mantenimiento sin acometer obra nueva.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10471, de 15 de octubre de 2026, sección III (Actos administrativos, B) Subvenciones y becas, pág. 1 (referencia oficial: DOGV-C-2026-32122).