BOP de Cáceres · 14 Sep 2026 · 1 vistas
La Diputación admite el certificado del Colegio de Farmacéuticos para las ayudas VEC
Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Cáceres ha resuelto interpretar las bases de la convocatoria 2026 de subvenciones a oficinas de farmacia para admitir el certificado emitido por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres como documento válido para acreditar la condición de Farmacia de Viabilidad Económica Comprometida (VEC). La aclaración se publica en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 175, de 14 de septiembre de 2026, mediante la resolución con referencia BOP-2026-4267, firmada en Cáceres el 10 de septiembre por el secretario José Álvaro Casas Avilés.
La decisión resuelve la posible contradicción detectada entre la Base Cuarta y la Base Sexta de las bases reguladoras y convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa a oficinas de farmacia de la provincia, publicadas en el BOP n.º 162, de 25 de agosto de 2026. El órgano competente para interpretar las bases es la Vicepresidencia Primera de Territorio, Igualdad y Cultura, por delegación de 5 de julio de 2023, modificada por resolución de 14 de agosto de 2025.
Alcance de la aclaración
La resolución interpreta el párrafo segundo del apartado de requisitos de la Base Cuarta, que exigía a los titulares de las oficinas presentar el certificado de aprobación por la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia de la Junta de Extremadura de su condición de VEC para 2026, en activo hasta el 31 de diciembre de 2026. En el mismo sentido, se aclara la Base Sexta, relativa a la documentación complementaria.
- Se considera válido el certificado o documento acreditativo emitido por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres.
- El certificado acredita la condición de VEC durante el año 2026.
- Las farmacias beneficiarias pueden acogerse al índice corrector del artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo, modificado por el Real Decreto 997/2022.
Emisión del certificado
El certificado del Colegio se emitirá en base a la comunicación realizada por el Servicio Extremeño de Salud al Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cáceres, en la que se identifican las oficinas de farmacia de la provincia que tengan reconocido durante 2026 el derecho a beneficiarse del índice corrector. Este índice se refiere a los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.
Recursos y plazos
La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses. Si se opta por la reposición, no podrá acudirse a la vía contenciosa hasta que aquella se resuelva expresamente o se produzca su desestimación por silencio administrativo.
La aclaración tiene un impacto directo sobre las farmacias rurales de la provincia, cuyo mantenimiento resulta esencial para garantizar el acceso de la población a la prestación farmacéutica en municipios afectados por la despoblación y el envejecimiento. Al flexibilizar la acreditación de la condición VEC, la Diputación facilita que las oficinas de farmacia del medio rural puedan acceder con mayor agilidad a estas ayudas en régimen de concesión directa.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 175, 14 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, pág. 21014-21015 (referencia oficial: BOP-2026-4267).