BOP de Girona · 24 Sep 2026 · 13 vistas
La Diputación de Girona aprueba subvenciones para equipamientos de lectura pública
Por FactBox Admin

La Diputación de Girona ha aprobado definitivamente las bases específicas reguladoras de las subvenciones para obras de reforma, mejora y mantenimiento de los equipamientos de Lectura Pública del año 2026. El acuerdo, que no ha recibido ninguna alegación, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) núm. 184, de 24 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_184_8262. Las ayudas oscilan entre 2.000 y 25.000 euros por ayuntamiento y se dirigen a todos los municipios con bibliotecas o puntos de información y lectura.
El Pleno de la Diputación aprobó inicialmente las bases el 21 de julio de 2026 y las sometió a información pública durante 20 días hábiles, con anuncio en el BOPG núm. 150, de 6 de agosto de 2026, y, por referencia, en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9733, de 19 de agosto de 2026. Sin alegaciones presentadas, el acuerdo queda elevado a definitivo de conformidad con el artículo 178 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril. El texto íntegro, de 12 páginas, fue firmado por el presidente de la corporación, Miquel Noguer i Planas, con fecha 22 de septiembre de 2026.
Concurrencia competitiva y destinatarios
La concesión se hará por concurrencia competitiva y convocatoria pública, que deberá aprobar la Junta de Gobierno de la Diputación. Las subvenciones son finalistas, no generan ningún derecho para años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
Pueden concurrir:
- Los ayuntamientos con bibliotecas integradas en el Sistema de Lectura Pública de Cataluña.
- Los ayuntamientos adheridos a la Red de Puntos de Información y Lectura (XPIL).
Los solicitantes deben cumplir los requisitos generales del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Cada entidad puede presentar una única solicitud por convocatoria, vía electrónica a través del Portal de subvenciones de la Diputación.
Importes y baremos de financiación
El importe de cada subvención tiene un máximo de 25.000 euros y un mínimo de 2.000 euros. El porcentaje de financiación sobre el presupuesto presentado depende del número de habitantes del municipio:
- Hasta 1.000 habitantes: 95 %.
- De 1.001 a 2.999: 90 %.
- De 3.000 a 4.999: 85 %.
- De 5.000 a 9.999: 80 %.
- De 10.000 a 14.999: 70 %.
- De 15.000 a 19.999: 65 %.
- De 20.000 a 29.999: 60 %.
- Más de 30.000 habitantes: 50 %.
También se pueden subvencionar los honorarios técnicos de redacción de proyecto y de dirección de obra, siempre que se justifiquen con una parte de las obras ejecutadas y sin superar el 20 % del importe total. No se financian gastos de equipamiento informático ni el IVA deducible, compensable o repercutible.
Criterios de valoración y gastos admitidos
Las solicitudes se puntúan según cuatro parámetros:
- Motivo de la actuación, hasta 25 puntos; la puntuación máxima corresponde a hacer accesible e inclusiva la instalación.
- Antigüedad de la biblioteca o punto de lectura en la ubicación actual, hasta 10 puntos.
- Subvenciones de la misma línea recibidas el año anterior, hasta 20 puntos.
- Gravedad de las patologías y urgencia para garantizar el servicio, hasta 15 puntos.
Son subvencionables las mejoras de accesibilidad e inclusividad, de seguridad de las personas y de la colección, de confort, de imagen del edificio y las instalaciones, de incremento del consumo de energías renovables y las actuaciones estructurales para adaptar espacios a nuevos usos.
Tramitación, resolución y pago
La instrucción corresponde al servicio de Bibliotecas de la Diputación. La Comisión Evaluadora estará presidida por el presidente o presidenta de la Comisión de Cultura, Nuevas Tecnologías, Deportes y Educación, o por el diputado en quien delegue, y tendrá como vocales a la jefa del servicio de Bibliotecas y tres técnicos en la materia; los grupos políticos podrán designar un representante con voz y sin voto.
La Junta de Gobierno resuelve en un término máximo de seis meses desde la finalización del periodo de solicitudes; una vez transcurrido, las peticiones se entienden desestimadas por silencio administrativo. El pago se realiza con un anticipo del 70 % del importe concedido y el 30 % restante una vez presentado el documento justificativo, que debe entregarse en los 30 días siguientes a la finalización del plazo de ejecución. El beneficiario dispone de un mes para aceptar la ayuda y debe mantener la inversión al fin concedido durante dos años.
Las bases rigen desde el día siguiente a su publicación en el BOPG y derogan las aprobadas por el edicto 2543 (BOPG núm. 58, de 25 de marzo de 2025). Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el término de dos meses.
Con esta línea, la Diputación de Girona brinda cobertura financiera a la mejora de los equipamientos de lectura pública de toda la demarcación, con especial atención a los municipios pequeños, que pueden recibir hasta el 95 % del coste de las obras. Los ayuntamientos interesados deberán seguir la convocatoria que apruebe la Junta de Gobierno para conocer los plazos y el crédito disponible.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 184, 24 de setembre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-12 (referència oficial: BOP-2026_0_184_8262).