BOP de Cádiz · 27 Oct 2026 · 2 vistas
La depuración de aguas de Algeciras pasa a facturación bimestral desde 2026
Por FactBox Admin

El recibo del servicio mancomunado de tratamiento y depuración de aguas residuales de Algeciras dejará de girarse por trimestres y pasará a ser bimestral. La Junta de Comarca de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar elevó a definitiva la modificación de la ordenanza que regula esta prestación patrimonial, cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 207, de 27 de octubre de 2026, con la referencia Nº 352.423. El anuncio, firmado en Algeciras a 9 de octubre de 2026 por la presidenta Susana Rosa Pérez Custodio, fija además las tarifas aplicables en 2026 y 2027.
La modificación se aprobó inicialmente en la sesión de la Junta de Comarca del 28 de julio de 2026, dentro del expediente 471/2026, con el objetivo de adaptar la periodicidad de liquidación y facturación de trimestral a bimestral y de armonizar la estructura de bloques de la cuota variable con la vigente ordenanza municipal de alcantarillado. El acuerdo se sometió a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 155, de 13 de agosto de 2026, y en el tablón de la sede electrónica, con un plazo de 30 días hábiles que se extendió del 13 de agosto al 25 de septiembre de 2026.
Al no presentarse reclamaciones ni sugerencias en ese periodo, el acuerdo se entiende definitivamente adoptado con efectos desde el 26 de septiembre de 2026, en aplicación del artículo 49, apartado c), párrafo segundo, de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local. El texto publicado incorpora el texto refundido de la ordenanza y deroga y sustituye a la anterior Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el mismo servicio.
De trimestral a bimestral: qué cambia en el recibo
La nueva redacción afecta a los artículos 5, 8 y 9, a la disposición transitoria tercera y a la disposición final; el resto del articulado permanece inalterado. El artículo 9 establece que la liquidación y recaudación de la cuota se efectuará de forma fraccionada en bimestres naturales, que pasan a ser los periodos de facturación y cobro, con notificación colectiva del padrón conforme al artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
La recaudación en Algeciras podrá realizarse por EMALGESA en unidad de acto con los conceptos de abastecimiento y de alcantarillado o saneamiento, con periodicidad bimestral, en los términos que determinen conjuntamente la Mancomunidad o su ente gestor y la empresa mixta municipal. La cuota fija se facturará por bimestre natural con independencia del consumo, en razón de la disponibilidad del servicio.
Las tarifas de 2026 y 2027
La cuota fija o de servicio se fija según el calibre del contador instalado, en euros por bimestre:
- Hasta 13, 15 y 20 mm: 4,1300 € en 2026 y 4,3902 € en 2027.
- 25, 30 y 40 mm: 8,1278 € en 2026 y 8,6399 € en 2027.
- 50, 65, 80 y más de 80 mm: 12,9125 € en 2026 y 13,7260 € en 2027.
La cuota variable de vertido con suministro de agua, en euros por metro cúbico y bimestre, queda así:
- Uso doméstico: 0,4703 €/m³ (0 a 10 m³), 0,7835 € (más de 10 hasta 18), 0,7984 € (más de 18 hasta 40) y 0,8134 € (más de 40) en 2026; en 2027, 0,4999, 0,8328, 0,8486 y 0,8646 €/m³.
- Comercial, industrial y otros usos: 0,5946, 0,7402 y 1,2604 €/m³ en 2026, y 0,6321, 0,7868 y 1,3398 €/m³ en 2027.
- Organismos oficiales: 0,5189, 0,7545, 1,0308 y 1,0986 €/m³ en 2026; 0,5516, 0,8020, 1,0957 y 1,1678 €/m³ en 2027.
Si el contador suministra a más de una vivienda o local, la cuota fija resulta de multiplicar el número de suministros por la cuota del contador de 13 o 20 mm. Sobre estas cuotas se aplica el IVA vigente.
Entrada en vigor y calendario por zonas
La modificación entrará en vigor durante el ejercicio 2026, una vez publicado su texto íntegro en el boletín provincial y transcurrido el plazo del artículo 65.2 de la Ley 7/1985. Si la entrada en vigor se produjera después del 31 de diciembre de 2026, surtiría efectos desde el 1 de enero de 2027, con aplicación directa de las tarifas de ese ejercicio.
La nueva periodicidad regirá desde el primer periodo de facturación que se inicie tras la entrada en vigor y, en todo caso, una vez sea efectiva la facturación bimestral de los servicios municipales de abastecimiento y saneamiento, pudiendo el cambio aplicarse de forma escalonada por zonas de facturación según el calendario que se determine con EMALGESA. El devengo anual, que se produce el 1 de enero, y el importe anual de la prestación no se alteran; los periodos ya liquidados con periodicidad trimestral mantienen su validez, con prorrateo del periodo en curso. Las tarifas de 2027 seguirán aplicándose desde el 1 de enero de 2028 mientras no se apruebe su revisión.
Reclamaciones y régimen de impugnación
Contra la ordenanza, por ser disposición administrativa de carácter general, no cabe recurso en vía administrativa; puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.
En la gestión material del cobro, los interesados podrán reclamar ante el ente gestor, que debe responder de forma expresa en un plazo máximo de tres meses; transcurrido ese plazo sin resolución, la reclamación se entiende desestimada y cabe recurso administrativo ante la Presidencia de la Mancomunidad, conforme al artículo 108 de la Ley 7/1985.
El cambio llega mientras sigue en cobro el padrón del tercer trimestre de 2026 de esta misma prestación en la zona 3 de Algeciras, publicado también en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 207, de 27 de octubre de 2026 (Nº 352.336), lo que confirma la convivencia temporal de ambos calendarios durante la transición. Para los abonados de Algeciras, el efecto práctico es un recibo de menor importe pero seis veces al año en lugar de cuatro, integrado en la factura conjunta del agua y el alcantarillado que gestiona EMALGESA, y con la referencia legal de que el importe anual del servicio no varía por el cambio de periodicidad.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 207, de 27 de octubre de 2026, pág. 7 (referencia oficial: Nº 352.423).