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Butlletí Oficial de les Illes Balears · 27 Aug 2026 · 8 vistas

La Conselleria de Empresa reduce y paga las subvenciones solares FOTOPAR 2026

Por FactBox Admin

La Conselleria de Empresa, Autónomos y Energía ha minorado la cuantía de la ayuda y ha propuesto el pago de las subvenciones de la convocatoria FOTOPAR 2026, destinada al fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica para personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027. Al mismo tiempo, ha aceptado la renuncia de diversos beneficiarios a las ayudas concedidas. Las tres resoluciones, firmadas por delegación por el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, Diego Viu Domínguez, se publican en el BOIB núm. 107, de 27 de agosto de 2026, en la Sección III.

Minoración y pago de las ayudas

Las resoluciones 8590 y 8591, ambas fechadas en Palma el 21 de agosto de 2026, revocan parcialmente las subvenciones concedidas porque el coste elegible justificado ha sido inferior al previsto o se ha reducido la instalación. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente sobre el pago, con una minoración proporcional a las modificaciones efectuadas, calculada de acuerdo con la resolución de convocatoria. Los beneficiarios están obligados a cumplir el apartado undécimo de la resolución de 22 de diciembre de 2023 y los supuestos de concurrencia de ayudas.

Beneficiarios con reducción de potencia

La resolución 8590 afecta a tres expedientes, con una minoración total de 1.607,10 euros:

  • Joan Baltasar Bonnin Moya (expediente FOTOPAR26-71/2026): minora 216,00 € y paga 12.372,00 €, por reducción de potencia fotovoltaica de 3,06 a 2,7 kWp.
  • Eugenio Luciañez Martín (expediente FOTOPAR26-103/2026): minora 181,50 € y paga 10.078,50 €, por una inversión final en almacenamiento de 7.078,50 €.
  • Miquela Vanrell Rigo (expediente FOTOPAR26-236/2026): minora 1.209,60 € y paga 14.390,40 €, por reducción de la capacidad de almacenamiento de 32,4 a 27,12 kWh.

La resolución 8591 afecta a tres expedientes más, con una minoración total de 2.604,00 euros:

  • Catalina Ferriol Payeras (expediente FOTOPAR26-29/2026): minora 108,00 € y paga 7.132,80 €, por reducción de potencia de 4,90 a 4,72 kWp.
  • Margarita Bonet Alemany (expediente FOTOPAR26-43/2026): minora 2.202,00 € y paga 6.678,00 €, por reducción de potencia de 5,88 a 1,47 kWp y de almacenamiento de 14 a 13,8 kWh.
  • Juana Maria Martorell Bonafe (expediente FOTOPAR26-167/2026): minora 294,00 € y paga 7.200,00 €, por reducción de almacenamiento de 10,7 a 10 kWh.

Renuncias aceptadas

La resolución 8621, fechada en Palma el 24 de agosto de 2026, acepta la renuncia a las subvenciones concedidas, revoca la concesión y archiva los expedientes, con cargo a la partida presupuestaria 2026/G/731A01/78000/00/19701/31111:

  • Rosario Carrillo Alcobendas (expedientes FOTOPAR26-203/2026 y FOTOPAR26-1131/2026): renuncia a 15.600,00 € y 3.000,00 €, concedidos por resolución de 3 de agosto de 2026 (BOIB núm. 97).
  • Juana Maria Villalonga Mateu (expediente FOTOPAR26-529/2026): renuncia a 7.200,00 €, concedidos por resolución de 8 de julio de 2026 (BOIB núm. 88).

Marco normativo e impacto

Las ayudas provienen de la convocatoria aprobada por resolución de 19 de diciembre de 2025 (BOIB núm. 171, de 25 de diciembre de 2025), con ampliación de crédito por resolución de 28 de mayo de 2026 (BOIB núm. 69, de 2 de junio de 2026). Las resoluciones se fundamentan en la Ley 38/2003, general de subvenciones, y el Decreto legislativo 2/2005, texto refundido de la Ley de subvenciones. Contra estas resoluciones, que agotan la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición en un mes o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en dos meses. Para los particulares beneficiarios del autoconsumo en las Islas Baleares, estas resoluciones cierran el ciclo de pago de las ayudas FEDER, ajustando los importes a la potencia finalmente instalada y liberando los expedientes renunciados.


Fuente: Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), núm. 107, 27 de agosto de 2026, Sección III, pág. 46308-46319 (resoluciones 8590, 8591 y 8621).