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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 03 Sep 2026 · 1 vistas

La Comunidad restringe el acceso a los montes de la Sierra Oeste

Por FactBox Admin

La Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid ha restringido temporalmente el acceso y tránsito de visitantes, así como la circulación de vehículos a motor, en los caminos y pistas forestales de los montes públicos afectados por el incendio de la Sierra Oeste. La medida se adopta mediante la Resolución 2263/2026, de 31 de agosto, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 210, de 3 de septiembre de 2026, y surte efectos desde el día de su publicación.

El incendio, denominado “Sierra Oeste”, se produjo entre los días 23 y 28 de julio de 2026 y fue declarado de extraordinaria gravedad. Su virulencia motivó la aprobación de la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declaró la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 178, de 24 de julio de 2026.

Un incendio de 27.000 hectáreas y doce municipios desalojados

Según la información provisional recogida en la resolución, el fuego afectó aproximadamente a 27.000 hectáreas en la Comunidad de Madrid y provocó el desalojo de doce municipios, además de importantes daños sobre la vegetación, la fauna y los suelos, así como sobre infraestructuras viarias y de gestión forestal. Entre los terrenos afectados figuran doce Montes de Utilidad Pública incluidos en el Catálogo de la Comunidad de Madrid, con una superficie quemada aproximada de 7.000 hectáreas.

La restricción se justifica por el riesgo de caída de arbolado quemado, parcialmente carbonizado o con daños estructurales, y por la simultaneidad con el tránsito de maquinaria pesada forestal en viales estrechos, que pone en peligro la integridad física de las personas.

Once montes en seis términos municipales

La medida afecta a los siguientes montes gestionados por la Comunidad de Madrid:

  • Dehesa de Navalquejigo (MUP 36), en Fresnedillas de la Oliva.
  • Almenara (MUP 41), Dehesa de Fuenteanguila (MUP 43) y Monte Agudillo (MUP 45), en Robledo de Chavela.
  • Hoya de la Horca y Solana (MUP 48), Pinar de Cerro Mesa, Barranco del Fresno y Otros (MUP 49) y Pinarejo, Vallefría y otros (MUP 50), en Navas del Rey.
  • La Enfermería (MUP 52), en Pelayos de la Presa.
  • Nahoncil y Agregados, Las Cabreras y Valle Lorenzo (MUP 54) y Navapozas, Fuenfría, Valdeyerno y Valcaliente (MUP 55), en San Martín de Valdeiglesias.
  • Cuartel del Norte (MUP 56), en Villa del Prado.

La restricción se prolongará durante la ejecución de las obras de emergencia de retirada de arbolado peligroso y tratamientos selvícolas post-incendio, mientras subsistan los riesgos objetivos para la seguridad pública. La Dirección General revisará periódicamente los trabajos y podrá levantar de forma total o parcial las prohibiciones.

Excepciones y régimen sancionador

La restricción no afectará al personal y medios de vigilancia y gestión de los montes, a los trabajadores y maquinaria de las actuaciones forestales autorizadas, a los servicios de emergencia, extinción de incendios, protección civil y fuerzas y cuerpos de seguridad, ni a los titulares de derechos reales y arrendatarios debidamente acreditados que precisen transitar por servidumbres de paso. Cualquier otro acceso deberá ser autorizado expresamente por la Dirección General.

El incumplimiento de las prescripciones será sancionado conforme al Título VII de la Ley 43/2003, de Montes, y al Título V de la Ley 16/1995, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior en el plazo de un mes desde su publicación. La resolución está firmada por la directora general, Irene Aguiló Vidal.

La medida afecta directamente a vecinos y excursionistas de una zona de gran afluencia de uso público, habitual para el senderismo y el recreo al aire libre. Su vigencia, ligada a la seguridad y a la restauración de los montes, condicionará durante los próximos meses el acceso a uno de los espacios naturales más frecuentados de la región.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 210, 3 de septiembre de 2026, sección I.C (Otras Disposiciones), págs. 198-201 (referencia oficial: Resolución 2263/2026, de 31 de agosto).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-03