Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 09 Sep 2026 · 1 vistas
La Comunidad aprueba el nuevo trazado de la Vereda de los Leñeros
Por FactBox Admin

La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid ha aprobado la modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid, mediante la Orden 3284/2026, de 4 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) número 215, de 9 de septiembre de 2026 (páginas 54 a 61). La resolución, promovida por IFEMA, desestima las alegaciones presentadas por cuatro asociaciones ecologistas y fija las condiciones para el acondicionamiento del nuevo recorrido.
La orden se dicta tras la desafectación de 21.330 m² de terrenos de la vía pecuaria, acordada por el Consejo de Gobierno el 2 de septiembre de 2026, y sustituye un trazado que quedaba interrumpido por las instalaciones y pabellones de IFEMA. El nuevo recorrido, de 21.336 m², 2.044 metros de longitud y 6 metros de anchura, conecta con la Vereda de Valdecarros al norte de la carretera M-11 y discurre hasta la glorieta de S. A. R. Don Juan de Borbón y Battemberg, en el entorno del Parque Ferial Juan Carlos I.
Tramitación y consulta previa
El procedimiento se inició con la solicitud de modificación de trazado presentada por IFEMA y se sometió a consulta previa, en la que emitieron informe distintos organismos:
- Dirección General de Urbanismo (2 de febrero de 2026): el resultado debe ajustarse al planeamiento y a la Ley 9/2001 del Suelo.
- Dirección General de Carreteras (17 de abril de 2026): no hay afección a carreteras autonómicas.
- Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (20 de febrero de 2026): informe favorable con prescripciones.
- Canal de Isabel II, S. A., M. P. (23 de enero de 2026): advierte de la naturaleza demanial de sus terrenos.
- Confederación Hidrográfica del Tajo (11 de febrero de 2026): no se afecta ningún cauce de dominio público hidráulico.
- Ayuntamiento de Madrid (6 de febrero de 2026): aporta las fincas del Inventario del Patrimonio Municipal de Suelo.
El expediente se sometió a información pública (BOCM núm. 147, de 23 de junio de 2026) y a trámite de audiencia por diez días, y la Sección de Vías Pecuarias del Consejo de Medio Ambiente informó favorablemente por mayoría el 18 de junio de 2026.
Alegaciones desestimadas
Presentaron escritos de alegaciones la Asociación para la Defensa del Medio Ambiente y por un Urbanismo Sostenible, Liberum Natura, ARBA (Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono) y la Asociación Ecologista del Jarama “El Soto”. Entre sus argumentos figuraban la posible nulidad derivada del procedimiento contencioso 932/2025 contra el Plan Especial del APE 21.10, la superposición del nuevo trazado con la Vereda del Quinto y con dominio público del Canal de Isabel II, y la falta de acuerdo sobre la financiación de la pasarela sobre la M-11.
La orden desestima todas las alegaciones al considerar que el expediente cumple la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid y el Decreto 7/2021, de 27 de enero, que aprueba su Reglamento. Se argumenta que la modificación incrementa la superficie de dominio público pecuario y garantiza la continuidad del tránsito ganadero, y que el procedimiento es independiente del Plan Especial alegado.
Condiciones y plazos
El promotor deberá acondicionar el nuevo trazado y presentar el correspondiente proyecto en un plazo de seis meses desde la aprobación de la orden, con el visto bueno de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, incluyendo señalización, desbroces anuales y acondicionamiento de caminos. La pasarela que cruza la M-11 será financiada y ejecutada por el Ayuntamiento de Madrid y el Consorcio Institución Ferial de Madrid (IFEMA), conforme al convenio firmado entre ambas partes, y todos los gastos derivados correrán a cargo del promotor.
La orden, que agota la vía administrativa, fue firmada por delegación por el Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo, y contra ella cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el de dos meses. La resolución cierra un expediente que afecta a la continuidad del tránsito ganadero en el entorno del recinto ferial y sienta un precedente sobre cómo se concilian las vías pecuarias con los grandes equipamientos urbanos de la capital.
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 215, 9 de septiembre de 2026, sección I.D (Anuncios), págs. 54-61 (referencia oficial: Orden 3284/2026, expediente 03/14.388/26).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-09