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Boletín Oficial de la República Argentina · 11 Aug 2026 · 3 vistas

La Aduana de Corrientes cita a cuatro imputados por contrabando

Por FactBox Admin

La Aduana de Corrientes, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), citó a cuatro personas imputadas en sumarios por presuntas infracciones y delitos aduaneros para que comparezcan dentro de los diez días hábiles. La convocatoria, que contempla multas de hasta $36.037.263,67 y tributos reclamados en dólares estadounidenses, fue publicada el 11 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de la República Argentina mediante la Nota Nº 33/2026 (AD CORR), suscripta por la administradora de aduana María Florencia Pérez Moiraghi.

Los expedientes se tramitan como sumarios contenciosos en los que se imputa la comisión de infracciones al Código Aduanero (C.A.). Los citados deberán presentarse ante la Sección Sumarios de la Aduana de Corrientes, sita en Avda. Vera Nº 1147, para ejercer su derecho de defensa y ofrecer pruebas, bajo apercibimiento de que se declare su rebeldía.

Cuatro sumarios con multas millonarias

La nota oficial detalla los sumarios, los montos de multa y los tributos exigidos en cada caso:

  • Sumario Nº 018SC-42-2026/1: Sandra Noemí Duarte (DNI 22.930.560), multa de $44.907,97 y tributos por USD 9.131,06.
  • Sumario Nº 018SC-43-2026/K: Maximiliano Celie (DNI 41.194.602), multa de $2.017.073,77 y tributos por USD 7.307,60.
  • Sumario Nº 018SC-41-2026/3: César Fabián Díaz (DNI 38.310.827), multa de $222.443,96 y tributos por USD 2.848,03.
  • Sumario Nº 018SC-25-2026/K: Juan Carlos Barboza (DNI 31.908.823), multa de $36.037.263,67 y tributos por USD 64.468,00.

Diez días hábiles para comparecer y constituir domicilio

Además de la comparecencia, los imputados deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la aduana, conforme al art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento del art. 1004. También son citados al acto de verificación y aforo en los términos del art. 1094, inciso c), del C.A.: si no se presentan en el plazo de diez días, el acto realizado de oficio se tendrá por ratificado y consentido. En cada caso se exige además el pago de la obligación tributaria, de acuerdo con el art. 783 o el art. 638, inciso a), del C.A., según corresponda.

Cigarrillos de origen extranjero: destrucción de la mercadería

La nota advierte que, respecto de las actuaciones que involucren cigarrillos de tabaco de origen extranjero, se procederá a la destrucción de la mercadería conforme a lo dispuesto en el art. 448 del Código Aduanero.

La publicación tiene impacto directo sobre operadores de comercio exterior, transportistas y vecinos de la zona fronteriza del NEA: el incumplimiento de los plazos puede derivar en la declaración de rebeldía, en la ejecución de multas y tributos reclamados y en la destrucción de mercadería extranjera, en un contexto de refuerzo del control aduanero en la provincia de Corrientes.


Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 11 de agosto de 2026, Sección Primera (referencia oficial: Nota Nº 33/2026 (AD CORR) de la Aduana de Corrientes; aviso Nº 345815; e. 11/08/2026 Nº 55824/26).