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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 27 Aug 2026 · 2 vistas

El IDAPA aprueba las bases de subvenciones para el patrimonio cultural del Pirineo

Por FactBox Admin

El Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Aran (IDAPA) ha aprobado las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la dinamización local y la valorización del patrimonio cultural del Alto Pirineo y Aran. La decisión se recoge en la Resolución TER/3043/2026, de 24 de agosto, firmada por la presidenta del Instituto, Sílvia Paneque i Sureda, y publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) número 9739, de 27 de agosto de 2026, dentro del apartado de otras disposiciones del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.

La nueva regulación sustituye la Resolución TER/3012/2025, de 29 de julio, que regía las subvenciones para el desarrollo local y la promoción del patrimonio cultural de la misma zona, y que queda sin efecto. Las subvenciones ya concedidas bajo el marco anterior seguirán rigiéndose por las bases que las regulaban.

Una ayuda para seis comarcas de montaña

El IDAPA, organismo autónomo adscrito al Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica y creado por la Ley 28/2002, de 30 de diciembre, tiene por objeto el desarrollo integral y la promoción del Alto Pirineo y Aran. La línea de ayudas, con código PES25-28_TER0060 del Plan estratégico de subvenciones 2025-2028, quiere consolidar la colaboración con los entes locales y las asociaciones de la zona mediante el fomento de iniciativas en el ámbito del patrimonio cultural y el desarrollo local.

Pueden beneficiarse los entes locales del Alto Pirineo y Aran y las asociaciones con domicilio social en el ámbito territorial de la zona, que abarca seis comarcas:

  • Alta Ribagorça
  • Alt Urgell
  • Cerdanya
  • Pallars Jussà
  • Pallars Sobirà
  • Vall d’Aran

Actuaciones y gastos subvencionables

La finalidad de la subvención es fomentar las políticas de consolidación de la economía local, poner en valor el patrimonio cultural y mejorar la competitividad profesional. Las actuaciones subvencionables incluyen la organización de ferias, de actividades formativas o lúdicas que incidan en la promoción del patrimonio cultural y el desarrollo local, y la edición de publicaciones de carácter cultural, socioeconómico y científico.

En cambio, no son subvencionables las actividades formativas o lúdicas que también presten operadores privados con ánimo de lucro en el mismo municipio o en el contiguo, la organización de actividades deportivas, la redacción de proyectos de obra o la rehabilitación de edificios, las adquisiciones consideradas inversión, ni las comidas, bebidas y actuaciones musicales si no son el elemento principal de la actividad. El porcentaje máximo de imputación de gastos indirectos o generales no puede superar el 20% del presupuesto subvencionable, y la persona beneficiaria no puede subcontratar la actividad objeto de la subvención.

Tramitación y requisitos

El procedimiento de concesión se realiza mediante concurrencia competitiva, comparando las solicitudes según los criterios de valoración. Las personas beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y las asociaciones deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. La cuantía máxima y el importe por persona beneficiaria se determinarán en la convocatoria correspondiente, que se publicará íntegramente en el DOGC.

Las solicitudes se deben presentar por medios telemáticos, a través de Tràmits Gencat, Canal Empresa o, en el caso de los entes locales, la plataforma EACAT. La resolución produce efectos al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Impacto para el territorio

Con esta nueva regulación, la Generalitat mantiene y actualiza una línea de ayudas que ha tenido buena acogida en convocatorias anteriores, y que se convierte en una herramienta clave para la dinamización económica y cultural de las comarcas de montaña. Para los entes locales y las asociaciones del Alto Pirineo y Aran, las bases abren la puerta a financiar ferias, actividades formativas y publicaciones que pongan en valor el patrimonio cultural y fortalezcan la economía local de un territorio con fuertes retos demográficos.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9739, 27 de agosto de 2026, sección Otras disposiciones, pág. 1 (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26237026-2026).