Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 27 Aug 2026 · 2 vistas
El ICEC convoca ayudas para nuevos espectáculos de circo profesional
Por FactBox Admin

El Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC) ha abierto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la producción de nuevos espectáculos de circo de sala, calle y carpa de carácter profesional para el periodo 2026-2029. La convocatoria se publica mediante la Resolución CLT/2525/2026, de 14 de julio, en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9739, de 27 de agosto de 2026, con referencia CVE-DOGC-A-26198052-2026 y ref. BDNS 919791.
La convocatoria se enmarca en las bases generales reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia del ICEC, aprobadas por la Resolución CLT/3142/2020, de 1 de diciembre, y modificadas sucesivamente hasta la Resolución CLT/555/2026, de 26 de febrero. Las bases específicas que rigen esta línea fueron aprobadas por el Acuerdo del Consejo de Administración del ICEC del 17 de diciembre de 2025, publicado mediante la Resolución CLT/4837/2025, de 23 de diciembre. La resolución está firmada por Josep Maria Carreté Nadal, presidente del Consejo de Administración del ICEC.
Dotación y anualidades
La dotación máxima de las subvenciones es de 320.625,45 euros, distribuida en cuatro anualidades con cargo al presupuesto del ICEC:
- 2026: 85.510,81 euros
- 2027: 85.510,81 euros
- 2028: 85.478,74 euros
- 2029: 64.125,09 euros
La dotación se puede ampliar en función de las solicitudes recibidas, por un importe no superior al triple de la convocatoria, condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Además, los remanentes de una partida se pueden aplicar a las otras partidas en función de las solicitudes admitidas.
Plazos y tramitación
El periodo para presentar las solicitudes es del 1 al 17 de septiembre de 2026, ambos incluidos. Los trámites de concesión, justificación, modificación y revocación se han de efectuar por medios telemáticos, de acuerdo con la Orden CLT/4/2013, de 2 de enero, a través del portal Gencat.cat.
El órgano instructor es el Área de las Artes Escénicas del ICEC. La persona titular de la dirección del Instituto elabora las propuestas de resolución provisional y definitiva, y la persona titular de la presidencia del Consejo de Administración resuelve sobre la concesión o la denegación, con un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Las propuestas y resoluciones se publican en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Recursos y garantías
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a partir de la publicación en el DOGC. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin resolución, las personas solicitantes pueden considerar desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
Esta convocatoria supone una oportunidad para las compañías de circo emergentes y consolidadas de Cataluña, que dispondrán de un marco plurianual de financiación para estrenar nuevos espectáculos de sala, calle y carpa. La continuidad de la línea hasta 2029 ofrece previsibilidad al sector de las artes escénicas, uno de los más afectados por la precariedad, y refuerza el circo como disciplina profesional dentro del sistema cultural catalán.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 9739, 27 de agosto de 2026, sección Otras disposiciones (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26198052-2026).