BOP de Tarragona · 27 Aug 2026 · 6 vistas
L'Aldea aprueba definitivamente la tasa de cementerios y servicios fúnebres
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de l’Aldea ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal núm. 12, reguladora de la tasa por prestación de servicios en cementerios locales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local. La decisión se tomó en sesión plenaria del 18 de junio de 2026 y, transcurrido el periodo de exposición pública sin que se presentaran reclamaciones, la norma ha pasado a ser definitiva. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona del 27 de agosto de 2026 (referencia CVE 2026-07927, págs. 1-5).
La modificación se fundamenta en el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (Real Decreto Legislativo 2/2004) y en la Ley 7/1985 de bases del régimen local. La ordenanza establece el hecho imponible, los sujetos pasivos, las tarifas y el régimen de gestión y cobro de la tasa, y la firma el alcalde Xavier Royo Franch, con fecha de 12 de agosto de 2026.
Tarifas para nichos e inhumaciones
La cuota tributaria se determina mediante la aplicación de una tarifa que distingue entre concesiones de nichos, inhumaciones, exhumaciones y traslados de restos. Entre las principales cifras:
- Concesión de nichos: de 99,43 € (4ª fila) a 831,76 € (2ª fila).
- Concesión de nichos antiguos: de 49,72 € a 415,88 €.
- Inhumaciones: de 7,16 € (fosa común) a 40,62 € (nichos de 1ª y 2ª fila).
- Inhumaciones de fetos: 5,72 €.
- Traslado de restos a otro cementerio: 40,62 €.
- Cambio de titularidad de nicho: 4,00 €.
- Canon anual de conservación: 11,37 € por nicho.
Columbarios y licencias
La ordenanza también regula los columbarios, con una concesión de 250,00 € y un canon anual de conservación de 6,00 € por unidad. En cuanto a las licencias para decorar, se establecen tarifas de 25,99 € por lápida, 10,40 € por marco, 20,80 € por retocar paredes y 15,60 € por cualquier otra decoración.
Beneficios fiscales y reducciones
El artículo 5 de la norma dispone que no se aplicarán exenciones, bonificaciones ni reducciones para la determinación de la deuda tributaria. No obstante, la ordenanza prevé tarifas reducidas en un 50 % para los sujetos pasivos que acrediten escasa capacidad económica, mediante el impreso correspondiente y copia de la última declaración de IRPF. En situaciones de absoluta imposibilidad económica, los servicios se prestarán gratuitamente, previo informe del asistente social.
La tasa se acreditará cuando se inicie la prestación del servicio, con depósito previo al formularse la solicitud, mientras que el canon anual de conservación se acredita el 1 de enero de cada año. La gestión, la inspección y la recaudación pueden delegarse en la Diputación de Tarragona a través del Organismo de Gestión Tributaria.
La nueva ordenanza regirá desde el día siguiente al de su íntegra publicación en el BOP, una vez transcurrido el preceptivo plazo de información pública, y afecta directamente a los vecinos de la Aldea en todos los trámites funerarios y de conservación del cementerio municipal.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, 27 d’agost de 2026, pàg. 1-5 (referència oficial: CVE 2026-07927).