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Boletín Oficial de Castilla y León · 28 Sep 2026 · 6 vistas

Juventud fija las condiciones del programa Corresponsales Juveniles para el curso 2026-2027

Por FactBox Admin

Juventud fija las condiciones del programa Corresponsales Juveniles para el curso 2026-2027

La Dirección General de Juventud de la Junta de Castilla y León ha fijado las condiciones de participación y funcionamiento del programa «Corresponsales Juveniles de Castilla y León» para el curso académico 2026-2027. La resolución, firmada el 23 de septiembre de 2026 por el director general Pablo Lázaro Campuzano, se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León número 188, de 28 de septiembre de 2026. El programa se dirige a jóvenes de entre 14 y 30 años de centros de secundaria, formación profesional y universidades de la Comunidad.

La norma se ampara en el artículo 28 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, y en el artículo 21.4 del Decreto 117/2003, que obliga a la Administración autonómica a difundir información juvenil en los centros de enseñanza secundaria. La resolución se dicta en virtud del artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, y del Decreto 13/2026, de 29 de junio, de estructura orgánica de la Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales.

El programa arrancó por Resolución de 15 de marzo de 2018 del Instituto de la Juventud de Castilla y León y desde 2022 admite también a universitarios. La Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales trabaja en colaboración con la Consejería de Educación y con las universidades de la Comunidad que decidan adherirse.

Destinatarios y condiciones de participación

El programa está dirigido a jóvenes de entre 14 y 30 años, preferentemente estudiantes de cuarto curso de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y universitarios matriculados en universidades de Castilla y León. Quienes formaban parte del programa en el curso 2025/2026 podrán continuar siempre que no superen el límite de edad máximo establecido.

  • Corresponsales voluntarios de centros no universitarios: estar matriculados en el centro y cursar cuarto de ESO, bachillerato o un ciclo de formación profesional, con un límite de edad de 25 años.
  • Menores de edad: consentimiento informado firmado por el menor y por sus padres o tutores legales, además del compromiso de las tareas a desempeñar.
  • Profesores voluntarios: ejercer la docencia en un centro en el que estén matriculados corresponsales juveniles.
  • Corresponsales universitarios: límite de 30 años; las universidades que no formen parte del programa podrán adherirse adaptándose a su funcionamiento.

Contenido y formación

Los corresponsales recibirán periódicamente información juvenil proporcionada por la Dirección General de Juventud para difundirla entre sus compañeros. Los contenidos abarcan convocatorias de becas y ayudas, actividades de voluntariado juvenil, cursos de la escuela de formación juvenil, formación artística y cultural, idiomas, ofertas educativas y de trabajo, recursos y direcciones de interés, alojamientos juveniles y actividades de ocio y tiempo libre. También podrán recopilar información del propio centro o ajena al ámbito educativo.

La formación complementaria versará sobre comunicación, liderazgo, coaching, habilidades sociales y participación juvenil, así como sobre el uso adecuado de redes sociales. La iniciativa se configura como un programa de voluntariado juvenil orientado a la adquisición de competencias personales reconocidas por la Dirección General de Juventud.

Obligaciones y reconocimientos

La Dirección General de Juventud asume la coordinación general del programa, el envío periódico de información, la oferta de actividades formativas, la organización de encuentros y la certificación de la actividad realizada. Los corresponsales deberán desarrollar el programa en su centro, difundir la información recibida, trasladar las consultas no resueltas, participar en las sesiones formativas y hacer un uso adecuado de redes sociales y grupos de mensajería.

  • Certificación de la labor efectuada y del tiempo dedicado, como actividad de voluntariado, expedida por la Dirección General de Juventud.
  • Acceso preferente a actividades de la Dirección General de Juventud.
  • Carné Joven Europeo de Castilla y León gratuito durante el curso en que forman parte del programa.
  • Las universidades adheridas podrán establecer otras fórmulas de reconocimiento en virtud de su propia normativa.

Colaboración institucional y plazo de recurso

La Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales, a través de la Dirección General de Juventud, y la Consejería de Educación, mediante los centros directivos competentes en innovación educativa y las universidades, colaborarán en el desarrollo del programa.

Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Familia y Ayudas Sociales en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

La resolución asegura la continuidad y la expansión de una red de informadores juveniles que traslada becas, ofertas formativas y recursos de ocio directamente a los estudiantes. Para los centros de secundaria y las universidades supone un marco estable de voluntariado durante todo el curso, con certificación de la labor y acceso gratuito al Carné Joven Europeo como incentivos para los participantes.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 188, de 28 de septiembre de 2026, I. Comunidad de Castilla y León, D. Otras Disposiciones, págs. 50-53 (referencia oficial: BOCYL-D-28092026-188-18).