Boletín Oficial de Canarias · 08 Oct 2026 · 14 vistas
Justicia revisa la ayuda Covid concedida al resort Sand and Sea
Por FactBox Admin

La Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, revisará la subvención de la Línea Covid concedida a Sand and Sea Resorts, S.L. La Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos ordenó el 29 de septiembre de 2026 la remisión del expediente administrativo al tribunal, resolución que se publica en el Boletín Oficial de Canarias núm. 202, de 8 de octubre de 2026, sección V (Otros anuncios), pág. 36587, con referencia 3489.
El expediente viaja al TSJ por el recurso 259/2026
La Resolución de 29 de septiembre de 2026 de la Secretaría General Técnica ordena remitir a la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el expediente administrativo frente a la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica.
Esa resolución autonómica acordó la concesión y el abono a Sand and Sea Resorts, S.L. de la subvención de la Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas. El litigio se tramita como recurso n.º 259/2026, interpuesto por la propia entidad recurrente.
El acuerdo de la Sala que da pie a la remisión está fechado el 22 de septiembre de 2026 y se adopta en virtud de los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Una ayuda estatal de solvencia empresarial
La subvención discutida procede de la línea prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España y publicada en el BOE n.º 62, de 13 de marzo de 2021.
En Canarias, esa línea se desarrolló mediante el Decreto ley 6/2021, de 4 de junio, que regula la concesión de las subvenciones en el ámbito autonómico (BOC n.º 115, de 5 de junio de 2021). El reparto se articuló en dos líneas:
- Línea 1: personas autónomas que tributan en estimación objetiva en el IRPF.
- Línea 2: personas autónomas, empresas y grupos de empresas cuyo volumen de operaciones en IGIC e IVA cayó más de un 30% en 2020 respecto a 2019.
La cuantía de la ayuda percibida por la entidad no se detalla en el anuncio. El Decreto ley 6/2021 fija el importe mínimo de la Línea 2 en 4.000 euros, exige cuenta justificativa simplificada entre 4.000 y 100.000 euros y cuenta con informe de auditor por encima de esa cifra.
Emplazamiento a los interesados y plazo de nueve días
El anuncio se publica al amparo del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite la notificación por medio del boletín oficial.
- Quiénes: cuantos aparezcan como interesados en el recurso n.º 259/2026.
- Dónde: Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife.
- Plazo: nueve días desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
- Firma: el Secretario General Técnico, Marcos Barrera González.
Por qué importa
El caso abre la puerta al control judicial de una de las ayudas públicas de mayor volumen repartidas durante la pandemia. La Línea Covid movilizó fondos estatales transferidos a las comunidades autónomas: solo para la Línea 2.1 de Baleares y Canarias se destinaron 650.000.000,00 de euros, según consta en el Boletín Oficial de Canarias núm. 188, de 18 de septiembre de 2026. La decisión del tribunal fijará criterio sobre cómo se resolvieron los recursos de alzada de los beneficiarios canarios y sobre la seguridad jurídica de unas subvenciones ya abonadas.
Fuente: Boletín Oficial de Canarias, núm. 202, de 8 de octubre de 2026, sección V (Otros anuncios), pág. 36587 (referencia oficial: 3489).