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Boletín Oficial de Castilla y León · 18 Aug 2026 · 9 vistas

Junta de Castilla y León archiva la autorización ambiental de una planta de biogás en Coreses

Por FactBox Admin

La empresa solicitó la autorización en octubre de 2024

El pasado 11 de octubre de 2024, Norbiogas Biometano III, S.L. presentó ante la entonces Consejería competente de la Junta de Castilla y León la solicitud de autorización ambiental para una planta de producción de biogás y biometano en el municipio zamorano de Coreses. Con la solicitud se acompañaron el proyecto básico, el resumen no técnico, el estudio de impacto ambiental y un informe de compatibilidad urbanística emitido por la Diputación Provincial de Zamora a petición del Ayuntamiento de Coreses.

La instalación se concibe como una planta de valorización de residuos orgánicos no peligrosos destinada a la producción de biogás y biometano. El expediente quedó registrado con el número 158-24-AAZA y fue tramitado conforme al texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre), al Reglamento de emisiones industriales (Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre) y al texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre).

Información pública y informes municipales contradictorios

Una vez admitida a trámite la solicitud, la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental sometió el proyecto de autorización ambiental al trámite de información pública, cuyo anuncio se publicó en el BOCYL n.º 56, de 23 de marzo de 2026. Paralelamente, el Ayuntamiento de Coreses remitió a la Consejería hasta cuatro informes de compatibilidad urbanística:

  • Informe del arquitecto municipal, firmado el 25 de noviembre de 2022, con resultado desfavorable.
  • Informe de la Diputación Provincial de Zamora, firmado el 15 de mayo de 2023, favorable condicionado al cumplimiento de su condicionado.
  • Primer informe municipal, firmado el 5 de mayo de 2026, desfavorable.
  • Segundo informe municipal, firmado el mismo día 5 de mayo de 2026, favorable.

Ante la disparidad de criterios, la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental solicitó mediante oficio de 7 de mayo de 2026 al Ayuntamiento un informe unificado y definitivo que aclarara si la actividad era compatible con el planeamiento urbanístico. El 27 de mayo de 2026 se recibió el informe definitivo, firmado por el alcalde presidente del Ayuntamiento de Coreses, con resultado desfavorable.

Fundamento jurídico: un informe municipal negativo cierra el procedimiento

La resolución se sustenta en el artículo 12.2 del Decreto Legislativo 1/2015, que establece que, cuando el informe urbanístico del Ayuntamiento sea negativo, el órgano competente para otorgar la autorización ambiental debe dictar resolución motivada poniendo fin al procedimiento y ordenando el archivo de las actuaciones. El informe negativo del alcalde de Coreses, ingresado en el registro de la Administración autonómica antes de la resolución, activa esta causa de cierre obligatoria.

La competencia para dictar la orden recae en el titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental, en virtud del Decreto 2/2026, de 13 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de Consejerías, que atribuye a dicho departamento las competencias en materia de prevención ambiental. La orden fue firmada en Valladolid el 11 de agosto de 2026 por Joaquín Antonio Pino, Consejero de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental.

Recursos disponibles contra la resolución

La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la misma se podrán interponer:

  • Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes desde la notificación, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses desde la notificación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio.

El archivo del expediente supone un revés para el proyecto de Norbiogas Biometano III, S.L. en la provincia de Zamora y evidencia la capacidad del municipio para bloquear instalaciones energéticas que no se ajusten a su planificación urbanística, pese a contar con informes favorables de la Diputación Provincial. La decisión puede marcar un precedente para futuras solicitudes de plantas de biogás en la comunidad autónoma, donde la coherencia entre los informes municipales y las necesidades energéticas se convierte en un factor decisivo.


Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL), n.º 159, martes 18 de agosto de 2026, sección I.D – Otras Disposiciones, págs. 104-106 (referencia oficial: BOCYL-D-18082026-159-6).