Boletín Oficial del Registro Mercantil · 07 Oct 2026 · 18 vistas
Jorge Pork Meat traspasa a Jorge, S.L. las participaciones de Samefor
Por FactBox Admin

La cárnica Jorge Pork Meat, S.L.U. ha traspasado a Jorge, S.L. las participaciones sociales de Samefor, S.L.U. mediante una escisión parcial con transmisión en bloque y por sucesión universal. La operación fue aprobada el 16 de septiembre de 2026 por la junta general extraordinaria y universal de socios de la sociedad beneficiaria y por el socio único de la sociedad escindida. El anuncio se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) núm. 194, de 7 de octubre de 2026, Sección Segunda, con la referencia oficial BORME-C-2026-5347.
La escisión se acoge al Real Decreto Ley 5/2023, cuyo artículo 10 obliga a dar publicidad al acuerdo, y se rige por el proyecto común de escisión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades el 25 de junio de 2026. Los balances de escisión que fijan las condiciones de la operación son los cerrados a 31 de diciembre de 2025, formulados por los administradores de las sociedades participantes.
Una escisión parcial sin ampliación de capital
La sociedad escindida, Jorge Pork Meat, S.L.U., transmite a la beneficiaria, Jorge, S.L., la unidad económica integrada por las participaciones sociales de Samefor, S.L.U. La transmisión se realiza en bloque y por sucesión universal, de modo que la beneficiaria adquiere todos los derechos y obligaciones del patrimonio segregado.
La operación no exige ampliación del capital social de Jorge, S.L., según se hace constar expresamente en el anuncio publicado.
Régimen simplificado por la participación íntegra
Al estar la sociedad escindida íntegramente participada, de forma directa, por la sociedad beneficiaria, la escisión sigue el régimen simplificado del artículo 53 del Real Decreto Ley 5/2023. De ello se derivan tres consecuencias que el anuncio detalla:
- No se han incluido en el proyecto de escisión las menciones previstas en el artículo 53.1.1º.
- No es necesario informe de administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto.
- No es necesaria la aprobación de la escisión por el socio único de la sociedad escindida.
Derechos de socios, acreedores y plantilla
El anuncio reconoce a los socios y a los acreedores de ambas sociedades el derecho a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones del socio único de la escindida, de los acuerdos de la junta general de la beneficiaria, de los balances de escisión y del proyecto de escisión. Toda esa documentación está a su disposición en el domicilio social de las sociedades participantes.
Las comunicaciones para ejercer estos derechos deben dirigirse a la Avenida de la Academia General Militar, n.º 52, 50015 Zaragoza, a la atención de Jorge Samper Rivas.
Ambas sociedades cuentan con trabajadores, por lo que se ha puesto a disposición de la plantilla los documentos previstos en el artículo 46 del Real Decreto Ley 5/2023, por remisión del artículo 63, con las comunicaciones correspondientes conforme al artículo 9.2.
Antecedentes del grupo
Samefor, S.L.U. figura inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza (S 8, H Z 27773) y ya constaba como sociedad unipersonal cuyo socio único es Jorge Pork Meat, S.L., según la inscripción I/A 15 de 24 de julio de 2025. En agosto de 2026 se inscribió el nombramiento de Miguel Ángel Córdoba Alós como apoderado de la sociedad (I/A 17).
Jorge Pork Meat, S.L. está inscrita en el mismo registro (S 8, H Z 40052) y en octubre de 2025 reeligió a Ernst & Young, S.L. como auditor de cuentas (I/A 16).
El anuncio aparece firmado en Zaragoza el 16 de septiembre de 2026 por Jorge Samper Rivas, administrador único de Jorge Pork Meat, S.L.U. y presidente del consejo de administración de Jorge, S.L., con el identificador A260042384-1.
Impacto para el grupo alimentario
La operación reorganiza la estructura societaria del grupo cárnico aragonés: la matriz Jorge, S.L. pasa a controlar directamente Samefor, S.L.U., que hasta ahora colgaba de Jorge Pork Meat, S.L.U. Al tratarse de una escisión parcial, ninguna de las sociedades se disuelve y la actividad continúa, pero los socios y acreedores de ambas disponen desde ya del derecho de acceso a la documentación en el domicilio social y de un canal formal de comunicación en Zaragoza para ejercerlo.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 194, 7 de octubre de 2026, Sección Segunda (Anuncios y avisos legales), págs. 6636-6637 (referencia oficial: BORME-C-2026-5347).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-10-07