Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 03 Oct 2026 · 21 vistas
Interior restringece desplazamientos y actividades en 20 comarcas por la emergencia INUNCAT
Por FactBox Admin

El Departamento de Interior y Seguridad Pública ha activado el Plan especial de emergencias por inundaciones de Cataluña (INUNCAT) en fase de emergencia y ha impuesto restricciones en 20 comarcas entre las 20.00 horas del 3 de octubre y las 14.00 horas del 4 de octubre de 2026. La medida se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) núm. 9764, de 3 de octubre de 2026, mediante la Resolución ISP/3537/2026, de 3 de octubre, firmada por la consejera Núria Parlon Gil (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26276001-2026).
La resolución se enmarca en la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, y en el Decreto 133/2024, de 11 de agosto, de determinación del ámbito de competencia de los departamentos. El texto argumenta que el grave riesgo de inundaciones, tanto por la intensidad prevista de las precipitaciones como por la posible acumulación de sus efectos, hace necesario adoptar medidas extraordinarias de prevención y protección de la población. La norma produce efectos con su publicación en el DOGC y agota la vía administrativa.
Suspensión de actividades y limitación de desplazamientos
Las prohibiciones y limitaciones se aplican a los municipios de las comarcas incluidas en el apartado 2 de la resolución:
- Restringir los desplazamientos que no sean imprescindibles.
- Suspender las actividades en el medio natural, parques y jardines urbanos.
- Suspender las actividades deportivas, culturales, de ocio y de esparcimiento.
- Suspender los mercados, ferias y otras actividades comerciales o de pública concurrencia al aire libre.
- Suspender cualquier otra actividad específicamente situada en zona inundable.
- Aplicar el teletrabajo en todos los ámbitos que sea posible.
- Suspender la actividad educativa y universitaria, así como la de los centros adscritos a las universidades y los centros de investigación universitarios.
- Suspender la actividad de los servicios sociales básicos y especializados.
Las 20 comarcas afectadas
El ámbito territorial de la resolución abarca veinte comarcas, repartidas entre las demarcaciones de Girona, Barcelona y Tarragona:
- Girona: Alt Empordà, Baix Empordà, Garrotxa, Gironès, Pla de l’Estany, Selva y Ripollès.
- Barcelona: Alt Penedès, Baix Llobregat, Barcelonès, Garraf, Maresme, Vallès Occidental, Vallès Oriental, Osona y Moianès.
- Tarragona: Alt Camp, Baix Camp, Baix Penedès y Tarragonès.
Régimen sancionador y recursos
El incumplimiento de las limitaciones, restricciones y suspensiones puede dar lugar a la imposición de las sanciones previstas en la Ley 4/1997 y a otras responsabilidades derivadas del ordenamiento jurídico vigente. La resolución también ordena dar publicidad y difusión de la medida a través de los canales de comunicación de la Generalitat de Catalunya.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer:
- Un recurso de reposición ante la consejera de Interior y Seguridad Pública en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto.
- Un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Los plazos se cuentan a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC.
Impacto para la ciudadanía
La medida afecta directamente a millones de residentes, comercios, escuelas, universidades y empresas de veinte comarcas, incluyendo las áreas metropolitanas de Barcelona y Tarragona y todo el litoral y el interior de Girona. Durante las dieciocho horas de vigencia, la ciudadanía debe limitar los desplazamientos a lo imprescindible, priorizar el teletrabajo y abstenerse de asistir a actividades deportivas, culturales, comerciales y de servicios sociales suspendidas por la emergencia.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), núm. 9764, 3 de octubre de 2026, sección I, Otras disposiciones (referencia oficial: CVE-DOGC-A-26276001-2026).