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BOE · 25 Sep 2026 · 5 vistas

Interior crea el distintivo honorífico de la visita del Papa León XIV

Por FactBox Admin

Interior crea el distintivo honorífico de la visita del Papa León XIV

El Ministerio del Interior ha creado el Distintivo Honorífico de participación en el Plan Especial de Seguridad de la visita de Su Santidad el Papa León XIV a España en 2026. La norma se publica mediante la Orden INT/995/2026, de 15 de septiembre, en el Boletín Oficial del Estado núm. 237 del 25 de septiembre de 2026 (referencia BOE-A-2026-19847). El reconocimiento premia a los agentes que tuvieron una participación directa y relevante en el dispositivo desplegado durante la visita.

La orden, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez, el 15 de septiembre de 2026, llega después del viaje apostólico que el Papa realizó entre el 6 y el 12 de junio de 2026, con actos en las capitales de las comunidades autónomas de Madrid, Cataluña y Canarias. Según el texto, la relevancia de la figura papal y la elevada concentración de personas obligaron a articular un dispositivo de seguridad «de carácter especial y extraordinario», de ámbito estatal y coordinado por la Secretaría de Estado de Seguridad, que movilizó un amplio conjunto de recursos humanos y materiales.

El antecedente normativo es el real decreto-ley de 26 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-11397), que declaró el viaje apostólico acontecimiento de excepcional interés público y fijó su programa de apoyo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. La nueva orden se ampara en los principios de buena regulación del artículo 129 de la Ley 39/2015 y no genera derecho económico alguno para los condecorados.

Destinatarios del distintivo

El artículo 2 detalla quiénes pueden recibirlo, siempre que su participación haya revestido carácter meritorio:

  • Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Miembros de la Policía de la Generalitat de Catalunya-Mossos d’Esquadra.
  • Miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria.
  • Miembros de las policías locales de Madrid, Barcelona, Monistrol de Montserrat, Sant Esteve Sesrovires, Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna, Las Palmas de Gran Canaria y Mogán.
  • Cualquier otro cuerpo de policía local o municipal cuya participación fuera relevante para la ejecución del plan.

Concesión y plazo de tres meses

El distintivo se concederá por orden de la persona titular del Ministerio del Interior, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad. Las direcciones generales de la Policía y de la Guardia Civil, los órganos directivos de las policías autonómicas y las policías locales remitirán a la Dirección General de Coordinación y Estudios un listado centralizado de las personas que, a su juicio, cumplen los requisitos, una vez comprobados y certificados.

Ese listado debe enviarse por el sistema de comunicación habilitado y en el formato especificado en el anexo II, con entrada en el organismo en el plazo de tres meses desde la publicación de la orden; transcurrido ese plazo no se admitirá ninguna solicitud. Con la publicación del 25 de septiembre, el plazo concluye el 25 de diciembre de 2026.

Características y efectos

El distintivo consiste en un escudo cuadrilongo cuyas prescripciones técnicas figuran en el anexo I. Tendrá la consideración de distintivo de mérito por participación en eventos extraordinarios y se colocará sobre el uniforme conforme a la reglamentación sobre uniformidad o empleo de distintivos propia de cada cuerpo, organismo o entidad.

El tratamiento de datos del procedimiento se ajustará al Reglamento (UE) 2016/679 y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. La orden entró en vigor el 26 de septiembre de 2026, día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

El distintivo reconoce de forma específica la labor de un dispositivo conjunto en el que coincidieron policías estatales, autonómicas y locales de tres comunidades autónomas. Para los agentes implicados, el reconocimiento llega sin compensación económica, pero con un valor acreditativo que podrá incorporarse a su historial profesional y que queda abierto a los cuerpos municipales cuya aportación se acredite como relevante.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 237, 25 de septiembre de 2026, Sec. I. Disposiciones generales, pág. 125851 (referencia oficial: BOE-A-2026-19847).