Registro Oficial del Ecuador · 18 Sep 2026 · 3 vistas
Interior anula el ascenso a coronel de Hermosa Vallejo por orden constitucional
Por FactBox Admin

El Ministerio del Interior dejó sin efecto el ascenso al grado de Coronel de Policía de Liderman Fernando Hermosa Vallejo, mediante el Acuerdo Ministerial MDI-DMI-2026-0098-ACUERDO, suscrito el 7 de septiembre de 2026 por el ministro John Reimberg Oviedo. La medida se publicó en el Registro Oficial Nº 372 del viernes 18 de septiembre de 2026, en la página 9, y se adopta en cumplimiento de la sentencia 2101-23-EP/26 del Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador.
El acuerdo se ampara en el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, que faculta a los ministros de Estado a expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión, así como en los artículos 63 y 64 del Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público y en el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo. El propio instrumento recuerda que el artículo 92 de ese código reserva al ministerio rector de la seguridad ciudadana la potestad de otorgar los grados de coronel, teniente coronel y mayor mediante acuerdo ministerial.
El origen del caso es la sentencia 2101-23-EP/26, dictada el 29 de enero de 2026 por el Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador dentro de la acción extraordinaria de protección 2101-23-EP, presentada por el Ministerio del Interior y la Policía Nacional. El fallo declaró que la sentencia del 29 de junio de 2023 de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, emitida en la acción de protección 17981-2022-01242, vulneró el derecho constitucional a la seguridad jurídica de la Policía Nacional.
Qué dispone el acuerdo ministerial
- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial MDI-DMI-2024-0016-ACUERDO, de 7 de febrero de 2024, que otorgó el grado de Coronel de Policía a Hermosa Vallejo Liderman Fernando, junto con todos los actos administrativos de igual o inferior jerarquía dictados en su ejecución.
- Disponer a la Comandancia de la Policía Nacional del Ecuador que, a través de sus dependencias competentes, adopte las acciones administrativas necesarias para cumplir la sentencia 2101-23-EP/26.
- Derogar el Acuerdo Ministerial MDI-DMI-2026-0076-ACUERDO, de 27 de julio de 2026, y todas las disposiciones y actos de igual o inferior jerarquía que se opongan al nuevo instrumento.
- Encargar la ejecución al Comandante General de la Policía Nacional y ordenar la notificación a las entidades y unidades competentes, así como la publicación en el Registro Oficial.
Las medidas de reparación ordenadas por la Corte
La sentencia 2101-23-EP/26 aceptó la acción y dispuso, como medidas de reparación, dejar sin efecto la sentencia impugnada y todas las actuaciones del proceso de origen, archivar la acción de protección 17981-2022-01242 y ordenar a la Policía Nacional activar las vías administrativas y judiciales para ejecutar el fallo.
Entre esas acciones figuran la separación del actor de la institución y la recuperación de los valores pagados indebidamente por concepto de indemnización, derivados del pago de remuneraciones dejadas de percibir con anterioridad a su reintegro. La Policía Nacional debía informar a la Corte sobre las medidas adoptadas en un plazo de seis meses desde la notificación.
El historial administrativo del ascenso
El expediente recogido en el acuerdo detalla una secuencia de decisiones y trámites:
- Resolución Nro. 2021-027-CA-PN, de 19 de julio de 2021: la Comisión de Ascensos informó que no existía vacante para el grado de coronel.
- Resolución Nro. 2022-0473-DSPO-CG-PN, de 4 de abril de 2022: cesó a Hermosa Vallejo de la institución policial, publicada en la Orden General No. 065 del 5 de abril de 2022.
- Sentencia de 21 de abril de 2022 de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quitumbe: rechazó la acción de protección.
- Sentencia de 29 de junio de 2023 de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha: revocó ese fallo y ordenó la reincorporación, la asignación de una vacante de coronel, el pago de remuneraciones y los aportes a la Seguridad Social Policial.
- Resolución Nro. 2026-001-CA-PN, de 10 de marzo de 2026: la Comisión de Ascensos acató la sentencia y solicitó al Ministro del Interior dejar sin efecto el acuerdo de ascenso.
- Oficio MDI-VSI-SDP-2026-3952-OF y Memorando PN-CG-QX-2026-06257-M, ambos de 20 de marzo de 2026, remitidos por la Subsecretaría de Policía y por el general Pablo Vinicio Dávila Maldonado, Comandante General de la Policía Nacional.
Alcance de la decisión
Hermosa Vallejo pertenece a la Quincuagésima Octava Promoción de Oficiales de Línea, la misma promoción sobre la que se pronunció la Comisión de Ascensos en 2021 al advertir la falta de vacantes orgánicas. El acuerdo ahora derogado, MDI-DMI-2026-0076-ACUERDO, había intentado cumplir el fallo constitucional el 27 de julio de 2026, pero fue reemplazado por el instrumento publicado este 18 de septiembre.
El nuevo acuerdo entra en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, y deja en manos de la Comandancia General de la Policía Nacional la ejecución de lo dispuesto.
La decisión sienta un precedente sobre la carrera policial: los ascensos concedidos por vía administrativa quedan sujetos al control constitucional y pueden ser revocados cuando un fallo de la Corte Constitucional anula el proceso judicial que los sustentaba. Para los lectores, el caso muestra además que el cumplimiento de una sentencia constitucional puede implicar la separación de un oficial y la devolución de los valores percibidos, con la Policía Nacional obligada a informar a la Corte sobre las medidas adoptadas.
Fuente: Registro Oficial Nº 372, viernes 18 de septiembre de 2026, Función Ejecutiva – Acuerdos del Ministerio del Interior, pág. 9 (referencia oficial: MDI-DMI-2026-0098-ACUERDO).